DECRETO 147 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  147 DE 2022    

(enero 27)    

D.O. 51.930, enero 27 de 2022    

por el cual se adiciona el Presupuesto  General de la Nación de la vigencia fiscal de 2022 y se efectúa la respectiva  liquidación.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 105 de la Ley 2159 de 2021 y el  67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante el Decreto  Legislativo 444 de 2020 se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias  (FOME), como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministerio de Hacienda  y Crédito Público, cuyo objeto es “atender las necesidades de recursos para  la atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva  y la necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan  el empleo y el crecimiento (…)”.    

Que el artículo 16 del citado  decreto legislativo estableció que los recursos del Fondo de Mitigación de  Emergencias (FOME) se presupuestarán en la sección del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público para ser distribuidos a las entidades que hacen parte del  Presupuesto General de la Nación.    

Que el Congreso de la República  expidió la Ley  2159 del 12 de noviembre de 2021 “por la cual se decreta el Presupuesto  de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal  del 1° de enero al 31 de diciembre de 2022”.    

Que el Congreso de la  República, mediante la aprobación de la Ley 2159 de 2021,  autorizó al Gobierno nacional, en su artículo 105, “(…) para incorporar al  Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2022 los saldos no  comprometidos en la vigencia de 2021 financiados con los recursos del Fondo de  Mitigación de Emergencias (FOME), creado por el Decreto Legislativo  444 de 2020, con el objeto de atender necesidades de recursos para la  atención en salud”.    

Que en cumplimiento del mandato  legal dispuesto en el artículo 105 de la Ley 2159 de 2021, se  requiere incorporar los saldos no comprometidos en la vigencia de 2021  financiados con los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) y  adicionar el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2022.    

Que de acuerdo con la  certificación expedida por la Dirección General del Presupuesto Público  Nacional de fecha 24 de enero de 2022, la información de ejecución de los  gastos financiados con los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias  (FOME) registrada por las entidades del Presupuesto General de la Nación de  2021 en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) con corte al 20  de enero de 2022 es la siguiente: Apropiación vigente $24.977.487.415.812,  Compromisos Presupuestales $23.357.112.353.253. Como consecuencia, la  diferencia entre la Apropiación Vigente 2021 y los registros de Compromisos  Presupuestales 2021, es decir el saldo no comprometido al cierre de la vigencia  fiscal 2021 es de $1.620.375.062.559, monto que se adiciona en el presente  decreto.    

Que el artículo 67 del Estatuto  Orgánico del Presupuesto General de la Nación indica que “(…) corresponde al  gobierno dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación”,  así mismo se establece que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el  detalle del gasto para el año fiscal respectivo.    

Que el Gobierno nacional en el  decreto de liquidación clasificará los ingresos y gastos y definirá estos  últimos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 2159 de 2021.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  señala que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia,  economía y celeridad, entre otros.    

Que en virtud de lo establecido  en el numeral 5 del artículo 2.1.2.1.24 del Decreto 1081 de 2015,  los actos administrativos de carácter presupuestal se encuentran dentro de las  excepciones al deber de publicación de los proyectos de regulación.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de  Capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del  Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2022 en la suma de un  billón seiscientos veinte mil trescientos setenta y cinco millones sesenta y  dos mil quinientos cincuenta y nueve pesos moneda legal ($1.620.375.062.559),  según el siguiente detalle:    

         

Artículo 2°. Adición al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones.  Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto  General de la Nación de la vigencia fiscal de 2022 en la suma de un billón  seiscientos veinte mil trescientos setenta y cinco millones sesenta y dos mil  quinientos cincuenta y nueve pesos moneda legal ($1.620.375.062.559), según el  siguiente detalle:    

         

Artículo 3°. Liquidación de la adición al Presupuesto de Rentas  y Recursos de Capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de  Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2022 en  la suma de un billón seiscientos veinte mil trescientos setenta y cinco  millones sesenta y dos mil quinientos cincuenta y nueve pesos moneda legal  ($1.620.375.062.559), según el siguiente detalle:    

         

Artículo 4°. Liquidación de la adición al Presupuesto de Gastos  o Ley de Apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de  Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de  2022 en la suma de un billón seiscientos veinte mil trescientos setenta y cinco  millones sesenta y dos mil quinientos cincuenta y nueve pesos moneda legal  ($1.620.375.062.559), según el siguiente detalle:    

         

Artículo 5°. Anexo. El presente  decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.    

Artículo 6°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  enero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

Anexo del Decreto “por el cual se adiciona el presupuesto  General de la Nación de la vigencia fiscal de 2022 y se efectúa la respectiva  liquidación”.    

         

               

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