DECRETO 1452 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1452 DE 2021    

(noviembre 10)    

D.O. 51.854, noviembre 10 de 2021    

por el cual se confiere la condecoración  Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico” a un personal de Oficiales  Generales de las Fuerzas Militares de Colombia y Policía Nacional.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el artículo 2.3.1.3.5.4 del Decreto 1070 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 2.3.1.3.5.1 del Decreto 1070 de 2015,  la condecoración Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico” entre otras,  fue establecida como premio y estímulo a los miembros de las Fuerzas Militares  que hayan sobresalido por su espíritu militar, disciplina, compañerismo,  consagración al trabajo, rendimiento en la instrucción, en el desarrollo de las  tareas de Estado Mayor, trabajos de investigación científica y servicios  eminentes.    

Que de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 2.3.1.3.5.4.1 del Decreto 1070 del 2015, la  condecoración Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico” fue creada mediante  Decreto 1068 de 1948,  reglamentada por el Decreto 805 de 1952  y modificada por el Decreto 1289 de 1981,  para premiar y destacar los actos de valor, las virtudes militares y los  servicios eminentes prestados por el personal militar y civil de la Fuerza  Aérea Colombiana, personal de otras fuerzas o de Policía y en casos especiales  a los particulares, militares y civiles extranjeros, por servicios meritorios  prestados al país o a las Fuerzas Militares.    

Que el personal de Oficiales  Generales relacionado en el presente acto administrativo, se ha hecho merecedor  a que se le confieran las condecoraciones antes mencionadas, en razón a que sus  virtudes y servicios, han enaltecido el nombre de la Fuerza Aérea Colombiana y  por ende robustece la credibilidad en las Fuerzas Militares de Colombia.    

Que el Consejo de la Orden del  Mérito Militar Cruz de la Fuerza Aérea “al Mérito Aeronáutico, mediante Acta  número 060/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, recomendó otorgar la mencionada  condecoración los Oficiales Generales de las Fuerzas Militares de Colombia y  Policía Nacional relacionados en el presente acto administrativo.    

Que corresponde al Gobierno  nacional, reconocer el esfuerzo y exaltar el alto grado de compromiso del  personal que se destaque por su espíritu militar, disciplina y compañerismo,  consagración· al trabajo, rendimiento· en la instrucción, en el desarrollo de  las tareas de Estado Mayor, trabajo de investigación científica y servicios  eminentes.    

Que las condecoraciones por  virtudes militares y profesionales deberán ser otorgadas por el Gobierno  Nacional, de conformidad con el citado artículo 2.3.1.3.5.4 del Decreto 1070 de 2015.    

Que de conformidad con lo  establecido en el artículo 2.3.1.3.1.4 del Decreto 1070 de 2015  las condecoraciones conferidas serán impuestas en ceremonia militar especial,  de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Condecoración.  Confiérase la condecoración Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico al  personal de Oficiales Generales de las Fuerzas Militares de Colombia y Policía  Nacional, que se relacionan a continuación, en la categoría “Gran Cruz”, de  conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo, así:    

1.                    

GR.                    

Navarro Jiménez Luis Fernando                    

2.994.563   

2.                    

GR.                    

Zapatero Altamiranda Eduardo    Enrique                    

17.815.149   

3.                    

AL.                    

Pérez Garcés Gabriel Alfonso                    

79.328.824   

4.                    

GR.                    

Vargas Valencia Jorge Luis                    

79.242.018    

Artículo 2°. Imposición. La  condecoración conferida en el presente Decreto, será impuesta en acto especial,  conforme lo dispone el Reglamento de Ceremonial Militar.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de  noviembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Defensa  Nacional,    

Diego Andrés Molano Aponte.    

               

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