DECRETO 1436 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1436 DE 2021    

(noviembre 9)    

D.O. 51.853, noviembre 9 de  2021    

por el cual se designa alcalde ad hoc del  municipio de Chaparral, departamento del Tolima    

El Ministro del Interior de la República de Colombia,  Delegatario de Funciones Presidenciales Mediante Decreto  1385 del 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio 01-100-DA-002014-S-2021 del 2 de junio de  2021, dirigido a la Procuraduría Provincial de Chaparral, el señor Hugo  Fernando Arce Hernández, alcalde del municipio de Chaparral, departamento del  Tolima, manifestó su impedimento para designar apoderado que represente los  intereses del municipio dentro del proceso penal que cursa en el Juzgado Penal  del Circuito con Funciones de Conocimiento de Chaparral bajo radicado 73 001 60  08782 2016 00070, invocando los artículos 36 y 40 de la Ley 734        

de 2002 y la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto del 21 de junio de 2021, proferido dentro del  proceso con radicación IUC-D-2021-1921351 (IUS E 2020-524793), la Procuradora  Regional del Tolima (e), aceptó el impedimento manifestado por el señor Hugo  Fernando Arce Hernández, alcalde municipal de Chaparral, Tolima, para “otorgar  poder a un abogado que represente al municipio de Chaparral, de cara a la  intervención en el proceso penal, para el reconocimiento de la condición de  víctima del ente territorial y el ejercicio de las prerrogativas que ello  conlleva; y (ii) que (sic) en la actuación penal con  radicación número 730016008782201600070 que cursa ante el Juzgado Penal del  Circuito con Funciones de Conocimiento de Chaparral”, encontrando configurada  la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente  de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o  territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de  libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para  realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter  transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del  Interior bajo la PQRSD-083882 del 15 de octubre de 2021, el gobernador del  departamento del Tolima, remitió la hoja de vida del señor Mauricio Andrés  Hernández Gómez, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser  designado como alcalde ad hoc del municipio de Chaparral, Tolima.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad  hoc del municipio de Chaparral, Tolima.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4a de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Chaparral. Designar  como alcalde ad hoc del municipio de Chaparral, Tolima, al doctor Mauricio  Andrés Hernández Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía número  93415426, quien se desempeña en el cargo de asesor código 105, grado 02 del  Departamento Administrativo de Asuntos Jurídicos de la Gobernación del Tolima,  para otorgar poder a un abogado que represente los intereses del ente  territorial, en condición de víctima, dentro del proceso penal que cursa en el  Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Chaparral, bajo  radicado 730016008782201600070, de conformidad con la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto  deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos  del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina  Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de  Chaparral, a la Gobernación del Tolima y a la Procuraduría Regional del Tolima.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2021    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ.    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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