DECRETO 143 DE 2022

Decretos 2022

DECRETO  143 DE 2022    

(enero 27)    

D.O. 51.930, enero 27 de 2022    

por el cual se confiere una comisión  a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el literal b) del artículo  39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o. la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisión.  Comisiónase a la planta externa al señor Rodrigo Pinzón Navarro, identificado  con cédula de ciudadanía número 79293602, al cargo de Cónsul General Central,  Código 0047, Grado 25, de la planta de Personal del Despacho de los Jefes de  Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito al Consulado General  Central de Colombia en Madrid, Reino de España.    

Parágrafo 1°. El señor Rodrigo  Pinzón Navarro es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.    

Parágrafo 2°. Funciones  consulares. El señor Rodrigo Pinzón Navarro ejercerá las funciones de Cónsul  General Central de Colombia en Madrid, Reino de España y se desempeñará como  Jefe de la Oficina Consular mencionada.    

Parágrafo 3°. El término para el  desplazamiento previsto en el parágrafo 1° del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo coronavirus  Covid-19.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  enero de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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