DECRETO 1429 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1429 DE 2021    

(noviembre 8)    

D.O. 51.852, noviembre 8 de  2021    

por el cual se adicionan las  secciones 2 y 6 del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del libro 2 del Decreto número  1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del  Sector Administrativo de Defensa, en lo que respecta a la creación de las  Medallas Militares “Corazón Azul”, “Alma Mater Escuela Militar de Aviación” y  “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales  AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

El Ministro del Interior de la  República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto  número 1385 del 28 de octubre de 2021, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales en especial la que le confiere el artículo 189, numeral 11 de la Constitución  Política y el artículo 2.3.1.3.1.3 del Decreto Único Reglamentario del Sector  Administrativo de Defensa 1070 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que se hace necesario estimular  al personal militar de la Fuerza Aérea Colombiana o de las Fuerzas Aéreas  extranjeras, que han apoyado la realización de operaciones, contribuyendo a  lograr la misión constitucional encomendada a la institución, resaltando las  acciones que sobrepasan las expectativas en misiones y operaciones aéreas, con  la certeza de compensar el arrojo del personal militar, quienes, ostentando  esta condición, han expuesto su vida y puesto su mejor esfuerzo e integridad al  servicio de un solo interés: La Patria.    

Que la formación de Oficiales  íntegros en todos los ámbitos, se ha convertido en un esfuerzo contundente en  apoyo al desarrollo del país y de la seguridad y defensa nacional; por esta  razón es justo resaltar y reconocer los méritos a la abnegada y sacrificada  labor que realizan los hombres y mujeres que conforman la Escuela Militar de  Aviación, así como del personal que ha prestado servicios eminentes en  beneficio de la formación de los futuros Oficiales de la Fuerza Aérea  Colombiana.    

Que se hace necesario reconocer  que el desarrollo de operaciones, aplicaciones y capacidades espaciales de la  Nación y de la Fuerza Aérea Colombiana, se ha convertido en un esfuerzo  determinante en apoyo al cumplimiento de la misión institucional y proyección  de la misma, así como de la seguridad y defensa de la Nación, razón por la cual  es justo enaltecer los méritos a la abnegada labor y sacrificio que realizan  los hombres y mujeres que han sido y hacen parte del mencionado desarrollo.    

Que de conformidad con el  artículo 2.1.2.2.1 del Decreto número  1081 de 2015, la creación de las Medallas Militares “Corazón Azul”, “Alma  Mater Escuela Militar de Aviación” y “Servicios Distinguidos al Desarrollo de  Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana,  conlleva la adición al Decreto número  1070 de 2015.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónese la Subsección 64, 65 y 66 a la Sección 6, del  Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número  1070 de 2015, “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del  Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:    

SUBSECCIÓN 64    

MEDALLA MILITAR “CORAZÓN AZUL”    

Artículo 2.3.1.3.6.64.1. Origen.  Créase la Medalla Militar “Corazón Azul” para premiar y  estimular al personal militar de la Fuerza Aérea Colombiana y militares  extranjeros que pertenezcan a la Fuerza Aérea de países con los que se lleven a  cabo operaciones, ejercicios y mantenimiento de la seguridad en fronteras y  espacios insulares, quienes, además, hayan participado conjuntamente en  operaciones de restablecimiento del orden interno de la Nación y cuyos aportes,  incluyendo la academia, entrenamiento, ciencia y tecnología, logística y apoyo  operacional, arrojen resultados positivos para preservar la seguridad de la  Nación.    

Por ser destinada al personal  de tripulaciones y combatientes, esta joya podrá ser otorgada hasta por cinco  veces, quedando dicha secuencia consignada, directamente, en la cantidad de  estrellas que acompañan la parte superior de la medalla.    

Artículo 2.3.1.3.6.64.2. Características.  La Joya consiste en una medalla en forma de corazón, de fondo  azul medianoche que expresa la transición del día hacia la noche; retoma la  esencia de Fuerza Aérea Colombiana que, día y noche, vuela, entrena y combate  para vencer. El borde, en tono plata, denota un blindaje para hacerle frente a  la adversidad y poseer, con valor y entereza, el carácter necesario para  defender, con las armas legítimas, la Soberanía Nacional. Al reverso de la  misma, va inscrito “mi corazón palpita por la patria”.    

La joya tendrá las siguientes  dimensiones: Ancho: cuatro (4) centímetros, alto: Un (1) centímetro y espesor:  Dos (2) milímetros, su parte intermedia estará compuesta por un vínculo entre  el corazón y la cinta superior, el cual corresponde a una parte del escudo  institucional del cual se han extraído con la venia de su heráldica, las Alas  de Ícaro con tonalidad degradé.    

La cinta que suspende la joya mantendrá la uniformidad del azul  medianoche del corazón; sus bordes, tanto laterales como el superior, también  en plata, evocan el tono metalizado de las aeronaves de la Fuerza Aérea  Colombiana.    

Parágrafo 1°. La miniatura o réplica será una medalla similar a la joya de  la condecoración descrita, pero reducida a un diámetro de quince (15)  milímetros, la cual estará suspendida por una cinta similar a la de la joya, de  quince (15) milímetros de ancho por treinta y cinco (35) milímetros de largo y  en el centro ostentará los distintivos establecidos para la joya.    

Parágrafo 2°. La venera será una figura rectangular de cuarenta (40)  milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores serán los  mismos que posee la cinta de la joya, centrado llevará una minuatura  del corazón en tono azul medianoche, en la categoría por “Primera Vez”, llevará centrada una línea horizontal sobria en azul claro, por cada  categoría subsiguiente en que sea otorgada, llevará centrada de manera  adicional otra línea horizontal sobria en azul claro, hasta un máximo de cinco  líneas correspondiente a su categoría por “Quinta Vez”.    

Artículo 2.3.1.3.6.64.3. Consejo  de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Corazón Azul” estará integrado  así:    

Presidente: Comandante de la  Fuerza Aérea Colombiana.    

Vicepresidente: Segundo  Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.    

Vocal: Comandante de  Operaciones Aéreas y Espaciales.    

Secretario: Jefe de Combate y  Defensa del Espacio Aéreo.    

Artículo 2.3.1.3.6.64.4. Requisitos.  Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo  2.3.1.3.3.1, son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de  la Medalla Militar “Corazón Azul”:    

a) Para el personal de  Oficiales y Suboficiales:    

1. Que hayan prestado sus  servicios en el desarrollo de operaciones de la Fuerza Aérea Colombiana como  mínimo tres (3) años continuos de manera sobresaliente.    

2. Que las tareas ejecutadas  sean de impacto en el proceso y logro de los objetivos estratégicos  institucionales y en el desarrollo de operaciones.    

b) Para el personal militar  extranjero:    

1. Que pertenezcan a la Fuerza  Aérea de países con los que se hayan llevado a cabo operaciones y ejercicios  para el mantenimiento de la seguridad en fronteras y espacios insulares.    

2. Que hayan participado  conjuntamente en operaciones de restablecimiento del orden interno de la Nación  y cuyos aportes, incluyendo la academia, entrenamiento, ciencia y tecnología,  logística y apoyo operacional, arrojen resultados positivos para preservar la  seguridad de la Nación.    

Artículo 2.3.1.3.6.64.5. Diploma. Será elaborado en papel  pergamino o cartulina blanca, con las siguientes dimensiones: Treinta y cinco  (35) centímetros de largo por veinticinco (25) centímetros de ancho, con el  dibujo del anverso de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al  lado derecho superior, y de fondo la imagen del lago institucional de la Fuerza  Aérea Colombiana. El contenido en letras corresponderá al siguiente diseño:    

         

SUBSECCIÓN 65    

MEDALLA MILITAR “ALMA MATER  ESCUELA MILITAR DE AVIACIÓN”    

Artículo 2.3.1.3.6.65.1. Origen.  Créase en única categoría la Medalla Militar “Alma Mater Escuela  Militar de Aviación” de la Fuerza Aérea Colombiana, para estimular al personal  de Oficiales, Suboficiales, Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de  la Reserva Activa, cadetes, alféreces, Unidades Militares, Personal Civil del  Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y Privadas, e Instituciones de  derecho público, privado, particulares, personalidades nacionales y  extranjeras; que se hayan caracterizado por sus méritos militares,  profesionales, servicios eminentes prestados en beneficio de la Escuela Militar  de Aviación.    

Artículo 2.3.1.3.6.65.2. Características.  La Joya consiste en una medalla en forma de estrella de 50  milímetros en su máxima extensión de punta a punta, símbolo del grado de  subteniente y del modelo de formación estrella de la Escuela Militar de  Aviación. Cada Punta motiva los principios fundamentales para ejercer el  liderazgo, enmarcados en la Sabiduría (punta superior); en la cual reposan el  deseo, el poder, la convicción e iluminación, factores que, a través de la  línea amarilla, permitirán llegar más allá de lo que la imaginación puede  dictar. Las demás puntas de la estrella, significan el Bien, la Verdad, la  Justicia y el Amor.    

En el centro de la estrella se  aprecia un círculo con una profundidad media con fondo de color amarillo, las  alas, ubicadas tras la estrella serán de 50 milímetros. Su tonalidad gris  metalizada hace parte del concepto plasmado en los bordes de la cinta. Su forma  corresponde a las mismas que lleva el escudo de la Escuela y que acompañan la  antorcha.    

En la parte inferior del cuerpo  de la joya se aprecia el lema que acompaña el objetivo de quien hace parte de  la Fuerza Aérea desde la Academia: “La ciencia mi Ruta, mi meta el Espacio”,  escrito en letra de 5 milímetros. En el reverso de la joya se observa la estructura  de las alas y una parte de la estrella, inscribiendo los principios que  encierran las cinco puntas, junto a la sigla EMAVI. La joya tendrá las  siguientes dimensiones: Ancho: cuatro (4) centímetros, alto: Un (1) centímetro  y espesor: Dos (2) milímetros.    

La cinta será en formato  vertical con final en delta, inscribe dos colores: azul medianoche de 15  milímetros en cada lado. En el costado central izquierdo se observarán tres  estrellas de 5 milímetros, dos (2) franjas verticales laterales de tonalidad  gris de 20 milímetros, una línea amarilla vertical de 5 milímetros, cuyo  nacimiento proviene del centro de la estrella, en la franja superior horizontal  prevalece un tono oscuro, con puntos que asemejan estrellas.    

Parágrafo 1°. La miniatura o replica será similar a la joya de la  condecoración, pero reducida a un diámetro de 15 milímetros, la cual estará  suspendida por una cinta similar a la de la joya, de 15 milímetros de ancho por  35 milímetros de largo y en el centro ostentará los distintivos establecidos  para la joya.    

Parágrafo 2°. La venera, será un rectángulo esmaltado al fuego de cuarenta  (40) milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores y  detalles serán los mismos que la joya y en el centro llevará una estrella como  símbolo del primer grado de la oficialidad y el modelo de formación estrella de  la Escuela Militar de Aviación.    

Artículo 2.3.1.3.6.65.3. Consejo  de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de  Aviación”, estará integrado así:    

Presidente: Comandante de la  Fuerza Aérea Colombiana.    

Vicepresidente: Segundo  Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.    

Vocal: Director de la Escuela  Militar de Aviación.    

Secretario: Subdirector de la  Escuela Militar de Aviación.    

Artículo 2.3.1.3.6.65.4. Requisitos.  Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo  2.3.1.3.3.1 son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de la  Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación”    

a) Para personal de Oficiales y  Suboficiales en servicio activo    

1. Que hayan prestado sus  servicios a la Escuela Militar de Aviación como mínimo dos (2) años continuos.    

2. Que las tareas desarrolladas  hayan sido de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos  institucionales en la formación de cadetes y alféreces de la Escuela Militar de  Aviación.    

b) Para los servidores públicos  del Sector Defensa:    

Que tengan mínimo cinco (5)  años de servicio en la Escuela Militar de Aviación.    

c) Para personal militar en uso  de buen retiro, oficiales profesionales de la reserva, cadetes y alféreces,  personalidades nacionales y extranjeras, instituciones de derecho público,  privado y particulares.    

1. Que hayan prestado servicios  eminentes a la Escuela Militar de Aviación.    

2. Que reúnan condiciones  morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.    

3. Que por su posición y  méritos se hayan hecho acreedores a esta gracia.    

Artículo 2.3.1.3.6.65.5. Diploma. Será elaborado en papel  pergamino o cartulina blanca, de las siguientes dimensiones: 35 centímetros de  largo por 25 centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al  lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior, y de fondo la imagen  del escudo institucional de la Escuela Militar de Aviación Marco Fidel Suárez.  El contenido en letras corresponderá al siguiente diseño:    

         

SUBSECCIÓN 66    

MEDALLA MILITAR “SERVICIOS  DISTINGUIDOS AL DESARROLLO DE OPERACIONES Y ACTIVIDADES ESPACIALES AD ASTRA”    

Artículo 2.3.1.3.6.66.1. Origen.  Créase en única categoría la Medalla Militar “Servicios  Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”,  para estimular y reconocer al Personal de Oficiales, Suboficiales,  Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, Unidades  Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y  Privadas, e Instituciones de derecho público, privado y particulares, personalidades  nacionales y extranjeras; que se hayan caracterizado por sus méritos militares,  profesionales y servicios eminentes prestados en beneficio del desarrollo  espacial de la Nación y de la Fuerza Aérea Colombiana.    

Artículo 2.3.1.3.6.66.2. Características.  La joya consiste en una medalla en forma de estrella de cinco  puntas las cuales denotan las áreas por medio las cuales la Fuerza Aérea  Colombiana impulsa y visiona llegar y dominar el espacio, en sus puntas  inferiores (bases), tiene la doctrina y la investigación, la punta del centro  simboliza las operaciones espaciales, en sus puntas laterales el desarrollo  tecnológico y la innovación y finalmente con su punta superior se figura el  liderazgo que la institución por medio de capital humano ejerce en el desarrollo  espacial del país.    

La joya estará suspendida por  una cinta en formato vertical con final delta en la cual se inscriben dos  colores divididos por una franja color azul celeste, representa el renacimiento  de una nueva era, que a través del desarrollo cognoscitivo permite la  observación, participación y exploración espacial, a distancias que van más  allá de la atmósfera terrestre; en la parte superior, se encuentra el color  negro, que representa la tierra, punto donde se planea, proyecta y ejecuta el desarrollo  de las operaciones y actividades espaciales; la parte inferior será de color  azul oscuro, la cual representa de manera visual la transformación de la  institución y las exigencias de querer explorar el espacio, lugar en el cual la  Institución se ha trazado el objetivo de llegar y dominar a través de la  ciencia. La joya tendrá las siguientes dimensiones: Ancho: ocho (8)  centímetros, alto: Cinco (5) centímetros y espesor: Dos (2) milímetros.    

Parágrafo 1°. La miniatura o réplica será una medalla similar a la joya de  la condecoración descrita, pero reducida a un diámetro de 15 milímetros, la  cual estará suspendida por una cinta similar a la de la joya, de 15 milímetros  de ancho por 35 milímetros de largo y en el centro ostentará los distintivos  establecidos para la joya.    

Parágrafo 2°. La Venera será un rectángulo esmaltado al fuego de cuarenta  (40) milímetros de largo por diez (10) milímetros de ancho; sus colores y  detalles serán los mismos que la joya y en el centro llevará la estrella  descrita anteriormente como símbolo de la fuerza con la que el programa  espacial de la Fuerza Aérea Colombiana surge y se mantiene como punta de lanza  en la evolución de la institución por llegar al espacio a través de la ciencia.    

Artículo 2.3.1.3.6.66.3. Consejo  de la Medalla. El Consejo de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos al  Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”, estará integrado  así:    

Presidente: Comandante de la  Fuerza Aérea Colombiana.    

Vicepresidente: Segundo  Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Colombiana.    

Vocal: Comandante de  Operaciones Aéreas y Espaciales.    

Secretario: Jefatura  Operaciones Espaciales.    

Artículo 2.3.1.3.6.66.4. Requisitos.  Además de los requisitos mínimos contemplados en el artículo  2.3.1.3.3.1, son necesarios los siguientes requisitos para el otorgamiento de  la Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y  Actividades Espaciales AD ASTRA”:    

a) Para el personal de  oficiales y suboficiales.    

1. Que hayan prestado sus  servicios al desarrollo de operaciones y actividades espaciales de la Fuerza  Aérea Colombiana como mínimo tres (3) años continuos de manera sobresaliente.    

2. Que las tareas desarrolladas  hayan sido de impacto en el proceso y en el logro de los objetivos estratégicos  institucionales, en la ejecución de operaciones y actividades espaciales.    

b) Para los servidores públicos  del Sector Defensa:    

1. Que tengan mínimo cinco (5)  años de servicio, en los cuales hayan desarrollado tareas de impacto en el  proceso y en el logro de los objetivos estratégicos institucionales y en el  desarrollo de operaciones y actividades espaciales.    

c) Para personal de  Profesionales Oficiales de la Reserva, Personal de la Reserva Activa, Unidades  Militares, Personal Civil del Sector Defensa, Personal de Entidades Públicas y  Privadas, e Instituciones de derecho público, privado y particulares,  personalidades nacionales y extranjeras.    

1. Que hayan prestado servicios  en beneficio del desarrollo e innovación de la Nación y la Fuerza Aérea  Colombiana.    

2. Que reúnan condiciones  morales, éticas, profesionales y personales ejemplares.    

3. Que por su posición y  méritos se hayan hecho acreedores a esta gracia.    

Artículo. 2.3.1.3.6.66.5 Diploma. Será elaborado en papel  pergamino o cartulina blanca, de las siguientes dimensiones: 35 centímetros de  largo por 25 centímetros de ancho, con el dibujo del anverso de la medalla al  lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior y de fondo la  imagen del lago institucional de la Fuerza Aérea Colombiana, el contenido en  letras corresponderá al siguiente diseño:    

         

Artículo 2°. Adiciónese los literales “k”, “l” y “m” al numeral 5 del  ordinal c) del artículo 2.3.1.3.2.1., ubicado en la Sección 2, del Capítulo 3,  del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número  1070 de 2015, “por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del  Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.2.1. Clasificación  de las condecoraciones. Las condecoraciones militares se clasifican  y denominan de la siguiente forma:    

a) Por actos de valor y  servicios distinguidos en guerra internacional, estados de excepción o en orden  público:    

1. Orden Militar de “San  Mateo”.    

2. Medalla Servicios en “Guerra  Internacional”.    

3. Medalla Militar “Al Valor”.    

4. Medalla Militar “Herido en  Acción”.    

5. Medalla Servicios  Distinguidos en “Orden Público”.    

6. Medalla Militar “Campaña del  Sur”.    

7. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Especiales”.    

8. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.    

b) Por virtudes militares y  profesionales de carácter excepcional:    

1. Orden del Mérito Militar  “Antonio Nariño”.    

2. Orden del Mérito Militar  “José María Córdova”.    

3. Orden del Mérito Naval  “Almirante Padilla”.    

4. Cruz de la Fuerza Aérea al  “Mérito Aeronáutico”.    

5. Orden del Mérito Sanitario  “José Fernández Madrid”.    

6. Medalla Militar “Soldado  Juan Bautista Solarte Obando”.    

c) Por servicios distinguidos  prestados a la Institución Militar:    

1. Ministerio de Defensa  Nacional    

a) Medalla Militar Ministerio  de Defensa Nacional;    

b) Medalla Servicios  Distinguidos a la Justicia Penal Militar.    

2. Comando General Fuerzas  Militares.    

a) Medalla Militar “Fe en la  Causa”    

b) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”;    

c) Medalla Militar “Escuela  Superior de Guerra”;    

d) Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva”;    

e) Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”.    

f) Medalla Militar “Cruz de  Plata en Operaciones Especiales”.    

g) Medalla Militar  “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.    

h) Medalla Militar Desminado  “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.    

i) Medalla Militar “Simona  Amaya”.    

3. Ejército Nacional.    

a) Medalla “Fe en la Causa”.    

b) Medalla Militar “Escuela  Militar de Cadetes”;    

c) Medalla Militar “Centenario  Escuela Militar de Cadetes General José María  Córdova”;    

d) Medalla Militar “Escuela de  Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”;    

e) Medalla “Batalla de  Ayacucho”;    

f) Medalla “San Jorge”;    

g) Medalla “Santa Bárbara”;    

h) Medalla “Torre de Castilla”.    

i) Medalla “Brigadier General  Ricardo Charry Solano”.    

j) Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.    

k) Medalla “Guardia  Presidencial”.    

l) Medalla Policía Militar  “General Tomás Cipriano de Mosquera”.    

m) Medalla “Escuela de  Lanceros”.    

n) Medalla “San Gabriel”.    

ñ) Medalla  Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencia Chincá”.    

o) Medalla Militar “San Miguel  Arcángel”;    

p) Medalla Militar “Honor al  Deber Cumplido”;    

q) Medalla Militar Escuela de  Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”.    

r) Medalla Militar “Servicios  Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”;    

s) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones de Aviación”;    

t) Medalla Centenario  “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.    

u) Medalla “San Rafael  Arcángel”.    

v) Medalla Militar “Guardia de  Honor de Colombia”.    

w) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”.    

x) Medalla Militar  “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.    

y) Medalla Militar  “Bicentenario de la Caballería”.    

z) Medalla Militar “Protectores  de la Espada del Libertador”.    

aa)  Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”.    

4. Armada Nacional.    

a) Medalla Servicios  Distinguidos a la Armada Nacional.    

b) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.    

c) Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Armada Nacional.    

d) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Suboficiales”.    

e) Medalla servicios  distinguidos a la “Fuerza de Superficie”.    

f) Medalla Servicios  distinguidos a la “Infantería de Marina”.    

g) Medalla Servicios  distinguidos a la “Fuerza Submarina”.    

h) Medalla Servicios  distinguidos a la “Aviación Naval”:    

i) Medalla Servicios  Distinguidos al “Cuerpo de Guardacostas”.    

j) Medalla Servicios  Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina.    

k) Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”.    

1) Medalla “Servicios  distinguidos a la Dirección General Marítima”.    

m) Medalla de Servicios  Distinguidos a la “Ingeniería Naval”.    

n) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Inteligencia Naval”.    

5. Fuerza Aérea.    

a) Medalla “Marco Fidel  Suárez”.    

b) Medalla “Águila de Gules”.    

c) Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

d) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”;    

e) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Inteligencia Aérea”;    

f) Medalla Servicios  Distinguidos a la “Defensa Aérea y Navegación Aérea”;    

g) Medalla Servicios Distinguidos  al “Cuerpo Logístico y Administrativo”;    

h) Medalla Ciencia y  Tecnología.    

i) Medalla Servicios  Distinguidos a la Escuela de Suboficiales “CT. ANDRÉS M. DÍAZ DÍAZ” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

j) Medalla “Servicios  Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional  Humanitario”.    

k) Medalla Militar “Corazón  Azul”.    

l) Medalla Militar “Alma Mater  Escuela Militar de Aviación.    

m) Medalla Militar “Servicios  Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”    

d) Medalla por Tiempo de  Servicio.    

1. Tiempo de servicio 40 años    

2. Tiempo de servicio 35 años    

3. Tiempo de servició 30 años    

4. Tiempo de servicio 25 años    

5. Tiempo de servicio 20 años    

6. Tiempo de servicio 15 años    

e) Por Mérito Académico:    

1. Medalla Militar “Francisco  José de Caldas”.    

2. Medalla “Cadete José María  Rosillo”.    

3. Medalla “Alumno. Distinguido  de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.    

4. Medalla Alumno Distinguido  de la “Escuela Naval de Suboficiales”.    

5. Medalla Militar “Alumno  Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

6. Medalla a la virtud “Capitán  José Edmundo Sandoval”.    

f) Por Mérito Deportivo.    

1. Medalla Deportiva de la  Fuerza Pública.    

Artículo 3°. Adiciónese el artículo 2.3.1.3.2.2, de la Sección 2, del  Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto ‘1070 de  2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector  Administrativo de Defensa, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.2.2. Precedencia  de las Condecoraciones. Las condecoraciones militares nacionales  tienen prelación sobre las extranjeras y su orden de precedencia es el  siguiente:    

1. Orden Militar de “San  Mateo”.    

2. Orden de “Boyacá”.    

3. Orden de “San Carlos”.    

4. Medalla Servicios en “Guerra  Internacional”.    

5. Orden del Mérito Militar  “Antonio Nariño”    

6. Orden del Mérito Militar  “José María Córdova”.    

7. Orden del Mérito Naval  “Almirante Padilla”.    

8. Cruz de la Fuerza Aérea al  “Mérito Aeronáutico”    

9. Orden del Mérito Sanitario  “José Fernández Madrid”.    

10. Orden “Estrella de la  Policía”.    

11. Orden Militar “13 de  junio”.    

12. Medalla Militar “Al Valor”.    

13. Medalla Militar “Herido en  Acción”:    

14. Medalla Servicios  Distinguidos en “Orden Público”.    

15. Orden “Cruz al Mérito  Policial”.    

16. Orden al Mérito “Coronel  Guillermo Fergusson”.    

17. Medalla Militar “Francisco  José de Caldas”.    

18. Medalla por “Tiempo de  Servicio” (40; 35; 30; 25; 20; 15).    

19. Medalla “Fe en la Causa”  del Comando General de las Fuerzas Militares.    

20. Medalla Militar “Fe en la  Causa” del Ejército Nacional.    

21. Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Armada Nacional.    

22. Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.    

23. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”.    

24. Medalla Militar “Campaña  del Sur”.    

25. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Especiales”.    

26. Medalla “Servicios  Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.    

27. Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”.    

28. Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones  Contra el Narcotráfico en Categoría Única”.    

29. Medalla Militar “Soldado  Juan Bautista Solarte Obando”.    

30. Medalla Militar “Ministerio  de Defensa Nacional”.    

31. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Armada Nacional”.    

32. Medalla “Marco Fidel  Suárez”.    

33. Medalla “Batalla de  Ayacucho”.    

34. Medalla “San Jorge”.    

35. Medalla “Santa Bárbara”.    

36. Medalla “Torre de  Castilla”.    

37. Medalla “San Gabriel”.    

38. Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.    

39. Medalla “Brigadier General  Ricardo Charry Solano”.    

40. Medalla Militar “San Miguel  Arcángel”.    

41. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos en Operaciones de Aviación”.    

42. Medalla Centenario  “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.    

43. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Fuerza de Superficie”.    

44. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Infantería de Marina”.    

45. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Fuerza Submarina”.    

46. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Aviación Naval”.    

47. Medalla “Servicios  Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”.    

48. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Inteligencia Naval”.    

49. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Ingeniería Naval”.    

50. Medalla al Mérito Logístico  y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”    

51. Medalla “Servicios  distinguidos a la Dirección General Marítima”.    

52. Medalla “Águila de Gules”.    

53. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”.    

54. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Inteligencia Aérea”.    

55. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea”.    

56. Medalla “Servicios Distinguidos  al Cuerpo Logístico y Administrativo”.    

57. Medalla “Ciencia y  Tecnología”.    

58. Medalla “Servicios  Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional  Humanitario”.    

59. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a la Justicia Penal Militar”.    

60. Medalla “Orden por la  Libertad Personal”.    

61. Medalla Militar “Escuela  Superior de Guerra”.    

62. Medalla Militar “Al Mérito  de la Reserva”.    

63. Medalla Militar “General  José Hilario López Valdés”.    

64. Medalla Militar “Escuela  Militar de Cadetes”.    

65. Medalla Militar “Centenario  Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”.    

66. Medalla Militar  “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.    

67. Medalla Servicios  Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.    

68. Medalla Militar “Servicios  Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”.    

69. Medalla Militar Escuela de  Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencia Chincá”.    

70. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”.    

71. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

72. Medalla “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Suboficiales – CT. Andrés M. Díaz” de la Fuerza  Aérea Colombiana.    

73. Medalla “Escuela de  Lanceros”.    

74. Medalla Militar “Guardia de  Honor de Colombia”.    

75. Medalla Militar “Escuela de  Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”.    

76. Medalla Militar Escuela de  Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla.    

77. Medalla Militar “Honor al  Deber Cumplido”.    

78. Medalla “Guardia  Presidencial”.    

79. Medalla Policía Militar  “General Tomás Cipriano de Mosquera”.    

80. Medalla “Cadete José María  Rosillo”.    

81. Medalla “Alumno Distinguido  de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.    

82. Medalla “Alumno Distinguido  de la Escuela Naval de Suboficiales”.    

83. Medalla Militar “Alumno  Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.    

84. Medalla a la virtud  “Capitán José Edmundo Sandoval”.    

85. Medalla “Deportiva de la  Fuerza Pública”.    

86. Medalla Militar “San Rafael  Arcángel”.    

87. Medalla Militar de  Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.    

88. Medalla Militar  “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.    

89. Medalla Militar “Bicentenario  de la Caballería”.    

90. Medalla Militar  “Protectores de la Espada del Libertador”.    

91. Medalla Militar “Simona  Amaya”.    

92. Medalla Militar  “Bicentenario de la Logística Militar”.    

93. Medalla Militar “Corazón  Azul”.    

94. Medalla Militar “Alma Mater  Escuela Militar de Aviación”.    

95. Medalla Militar “Servicios  Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”.    

Artículo 4°. Adiciónese el artículo 2.3.1.3.6.1, en el sentido de incluir  las siguientes condecoraciones por Servicios Distinguidos prestados a la  Institución Militar: Medalla Militar “Corazón Azul”, Medalla Militar “Alma  Mater Escuela Militar de Aviación y Medalla Militar “Servicios Distinguidos al  Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”, ubicado en la  Sección 6, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto número  1070 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del  Sector Administrativo de Defensa, el cual quedará así:    

Artículo 2.3.1.3.6.1. Condecoraciones  por Servicios Distinguidos. Son condecoraciones militares  por servicios distinguidos prestados a la Institución Militar, las siguientes:    

“Medalla Militar Ministerio de Defensa  Nacional, Medalla “Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar”, Medalla  Militar “Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares”, Medalla  Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”, Medalla  Militar “Escuela Superior de Guerra”, Medalla Militar “Al Mérito de la  Reserva”, Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”, Medalla Militar  “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”, Medalla Militar “Bicentenario de los  Ingenieros Militares”, Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña  Libertadora”, Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”, Medalla Militar  “Fe en la Causa” del Ejército Nacional, Medalla Militar “Escuela Militar de  Cadetes”, Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes General José  María Córdova”, Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino  Mutis Bossio”, Medalla “Batalla de Ayacucho”, Medalla “San Jorge”, Medalla  “Santa Bárbara”, Medalla “Torre de Castilla”, Medalla “Brigadier General  Ricardo Charry Solano”, Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General  Francisco de Paula Santander”, Medalla “Guardia Presidencial”, Medalla Policía  Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera”, Medalla “Escuela de Lanceros”,  Medalla “San Gabriel”, Medalla Militar “Escuela de Suboficiales del Ejército  “Sargento Inocencia Chincá”, Medalla Militar “San  Miguel Arcángel”, Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”, Medalla Militar  Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”,  Medalla Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la  Patria”, Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”, Medalla  Centenario Servicios Distinguidos a Reclutamiento “Simona Duque de Alzate”, Medalla Militar “San Rafael Arcángel”, Medalla Militar  “Guardia de Honor de Colombia”, Medalla Militar “Servicios Distinguidos en  Operaciones Contra el Narcotráfico en Categoría Única”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Armada Nacional”, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”, Medalla Militar “Fe en la Causa”  de la Armada Nacional, Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de  Suboficiales”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie”,  Medalla “Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina”, Medalla “Servicios  Distinguidos a la Fuerza Submarina”, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Aviación Naval”, Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”,  Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”,  Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”,  Medalla “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”, Medalla  “Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval”, Medalla “Servicios Distinguidos  a la Inteligencia Naval”, Medalla “Marco Fidel Suárez”, Medalla “Águila de Gules”, Medalla Militar “Fe en la  Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”, Medalla “Servicios Distinguidos a la  Inteligencia Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y  Navegación Aérea”, Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y  Administrativo” y Medalla “Ciencia y Tecnología”, Medalla Militar “Servicios  Distinguidos a la Escuela de Suboficiales CT Andrés M. Díaz Díaz  de la Fuerza Aérea Colombiana”, Medalla Militar “Servicios Meritorios a la  Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”,  Medalla Militar de Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez  Jaraba”, Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”, Medalla  Militar “Simona Amaya”, Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”,  Medalla Militar “Corazón Azul”, Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de  Aviación y Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones  y Actividades Espaciales AD ASTRA” de la Fuerza Aérea Colombiana”; tienen como  propósito estimular a quienes se destaquen por su consagración, espíritu de  cuerpo y eminentes servicios.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de  noviembre de 2021.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ    

El Comandante General de las  Fuerzas Militares encargado de las funciones del despacho del Ministro de  Defensa Nacional,    

General Luis Fernando Navarro Jiménez.    

               

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