DECRETO 1426 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1426 DE 2020    

(noviembre 4)    

D.O. 51.488, noviembre 4 de  2020    

por el cual se suprime un cargo  en el Servicio Exterior y un Consulado Honorario.    

El Presidente de la República  de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en  especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con el  numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones  internacionales.    

Que mediante el Decreto  1362 del 12 de julio de 2000 se creó el Consulado Honorario de Colombia en  St. John’s con circunscripción en todo el territorio  de Antigua y Barbuda y se nombró como Cónsul Honoraria en esa Oficina Consular  Honoraria a la señora María Consuelo Brito Parody.    

Que mediante el Decreto  2125 del 22 de diciembre de 2016 se aceptó la renuncia de la señora María  Consuelo Brito Parody al cargo de Cónsul Honoraria de  Colombia en St. John’s, Antigua y Barbuda.    

Que el Consulado Honorario de  Colombia en St. John’s, Antigua y Barbuda se  encuentra vacante desde el 22 de diciembre de 2016.    

Que de acuerdo con lo  establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015,  la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano debe  estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para  lo anterior, deberá tenerse en cuenta la existencia de candidatos que se  encuentren en disposición para asumir el cargo del Cónsul Honorario, y cumplan  con los requerimientos de que trata este capítulo.    

Que la Embajada de Colombia  ante la República de Jamaica concurrente para Antigua y Barbuda, indicó que por  lo pronto no tiene previsto proponer un candidato para ocupar esa Oficina  Consular Honoraria.    

Que la Dirección de Asuntos  Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente el cierre  del Consulado Honorario, debido al tiempo de vacancia, y en consideración a que  no hay un candidato para ocupar dicho cargo.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprimir el cargo  de Cónsul Honorario en St. John’s, Antigua y Barbuda.    

Artículo 2°. Suprimir el  Consulado Honorario de Colombia en St. John’s, Antigua  y Barbuda.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  noviembre de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *