DECRETO 1425 DE 2022

Decretos 2022

                 

DECRETO 1425 DE 2022    

(julio 29)    

D.O. 52.110, julio 29 de 2022    

por el cual se acepta una  renuncia y se hace un encargo.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del  artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 41 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que,  mediante comunicación escrita del 12 de julio del 2022, el doctor Camilo Andrés  Rojas Castro, identificado con cédula de ciudadanía número 79884224 presentó, a  partir del 7 de agosto de 2022, renuncia al empleo denominado Viceministro,  Código 0020, ubicado en el Viceministerio de Política Criminal y Justicia  Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho, en el cual fue nombrado  mediante Decreto  126 del 27 de enero de 2022.    

Que, en  virtud de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptación de  renuncia. Aceptar a partir del 7 de agosto de 2022, la renuncia presentada  por el doctor Camilo Andrés Rojas Castro, identificado con cédula de ciudadanía  número 79884224, al cargo denominado Viceministro, Código 0020, ubicado en el  Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de  Justicia y del Derecho.    

Artículo 2°. Encargo. Encargar  a partir del 7 de agosto de 2022, al doctor Miguel Ángel González Cháves,  identificado con la cédula de ciudadanía número 1020747269, actual Director de  Política Criminal y Penitenciaria, de las funciones del empleo de Viceministro,  Código 0020, del Viceministerio de Política Criminal y Justicia Restaurativa del  Ministerio de Justicia y del Derecho, sin perjuicio de continuar desarrollando  las funciones propias de su cargo, en tanto se nombra y posesiona el titular.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar  el presente acto administrativo a través del Grupo de Gestión Humana de la  Secretaría General del Ministerio de Justicia y del Derecho.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  julio de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela.    

               

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