DECRETO 1421 DE 2022
(julio 29)
D.O. 52.110, julio 29 de 2022
por el cual se acepta una renuncia y se hace un encargo.
Nota: Ver Decreto 1745 de 2022.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 41 de la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación escrita del 12 de julio del 2022, el doctor Camilo Alberto Gómez Alzate, identificado con cédula de ciudadanía número 19472289, presentó a partir del 1° de agosto de 2022, renuncia al empleo denominado Director General de Agencia, Código E3, Grado 08, de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, nombrado mediante Decreto 1863 del 3 de octubre de 2018.
Que, mediante comunicación del 28 de julio de 2022, el doctor Camilo Alberto Gómez Alzate, dando alcance a la comunicación de fecha 12 de julio de 2022, solicitó que la renuncia sea aceptada a partir del 4 de agosto de 2022.
Que, en virtud de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de renuncia. Aceptar a partir del 4 de agosto de 2022, la renuncia presentada por el doctor Camilo Alberto Gómez Alzate, identificado con cédula de ciudadanía número 19472289, al cargo denominado Director General de Agencia, Código E3, Grado 08, de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Artículo 2°. Encargo. Encargar a partir del 4 de agosto de 2022, al doctor Cristian Stapper Buitrago, identificado con la cédula de ciudadanía número 79553665, actual Director Técnico de Agencia, Código E4, Grado 4, de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, de las funciones del empleo de Director General de Agencia, Código E3, Grado 08, de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, sin perjuicio de continuar desarrollando las funciones propias de su cargo, en tanto se nombra y posesiona el titular.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el presente acto administrativo a través del Grupo de Gestión del Talento Humano de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Wilson Ruiz Orejuela