DECRETO 1414 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO  1414 DE 2020     

(noviembre  3)    

D.O. 51.487, noviembre 3 de  2020    

por  el cual se acepta una renuncia y se designa un representante de las  Agremiaciones Empresariales en el Consejo Profesional de Administración de  Empresas.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren la Ley 60 de 1981 y el Decreto número  2718 de 1984, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Ley 60 de 1981  determina la naturaleza jurídica del Consejo Profesional de Administración de  Empresas, su objeto y estructura, previniendo a la luz del artículo 8° la  integración del Consejo Directivo, del cual hace parte un representante de las  agremiaciones empresariales elegido por el presidente de la República.    

Que mediante Decreto número  4682 de 2010, se nombró a la doctora Claudia Marcela Álvarez Sarmiento,  identificada con cédula de ciudadanía número 51751006 de Bogotá, como  representante de las Agremiaciones Empresariales ante el Consejo Profesional de  Administración de Empresas.    

Que la doctora  Claudia Marcela Álvarez Sarmiento presentó su renuncia como representante de  las Agremiaciones Empresariales ante el Consejo Profesional de Administración·  de Empresas, mediante comunicación recibida el día 24 de julio de 2020, la cual  fue reiterada mediante comunicación del día 3 de noviembre de 2020.    

Que se hace  necesario designar el representante de las Agremiaciones Empresariales ante el  Consejo Profesional de Administración de Empresas.    

En mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar  la renuncia de la Doctora Claudia Marcela Álvarez Sarmiento, identificada con  cédula de ciudadanía número 51751006 de Bogotá, como representante de las  Agremiaciones Empresariales ante el Consejo Profesional de Administración de  Empresas.    

Artículo 2°.  Designar al doctor Carlos Andrés Carvajal Castaño, identificado con cédula de  ciudadanía número 16078354, como representante de las Agremiaciones  Empresariales ante el Consejo Profesional de Administración de Empresas.    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial y  deroga el Decreto número  4682 de 2010.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 3 de noviembre de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro de  Comercio, Industria y Turismo,    

José Manuel Restrepo Abondano.    

               

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