DECRETO 1401 DE 2020
(octubre 27)
D.O. 51.480, octubre 27 de 2020
por el cual se aprueba la modificación a los estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena).
Nota: Derogado por el Decreto 986 de 2022, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 de la Ley 161 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 331 de la Constitución Política de Colombia creó la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena) para encargarse de la recuperación de la navegación, de la actividad portuaria, la adecuación y la conservación de tierras, la generación y distribución de energía y el aprovechamiento y preservación del ambiente, los recursos ictiológicos y demás recursos naturales renovables.
Que la Ley 161 de 1994, por la cual se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones, en el artículo 13 establece que la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena) estará integrada, entre otros, por el presidente de Ecopetrol.
Que mediante el Decreto número 790 del 12 de mayo de 1995 fueron aprobados los estatutos de administración y funcionamiento de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), adoptados por la Asamblea Corporativa mediante Acuerdo número 01 de 1995.
Que el artículo 12 de la Ley 161 de 1994 le asigna a la Asamblea Corporativa, entre otras funciones, la de· adoptar las reformas a los estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), para someterlos a aprobación del presidente de la República.
Que la Asamblea de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, en sesión ordinaria número 13 llevada a cabo el 29 de noviembre de 2019, modificó los estatutos de la Corporación para establecer que el presidente de Ecopetrol pueda delegar su asistencia y representación en la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena) en el Vicepresidente de Operaciones y Logística de Transporte de Ecopetrol.
Que conforme lo anterior, se hace necesario aprobar la modificación de los estatutos de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), aprobada en sesión ordinaria número 13 llevada a cabo el 29 de noviembre de 2019, para incluir un delegado del presidente de Ecopetrol.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aprobación modificación estatutos Cormagdalena. Apruébese la modificación del artículo 13 de los estatutos de administración y funcionamiento de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), aprobada por la Asamblea General en sesión ordinaria número 13 llevada a cabo el 29 de noviembre de 2019, el cual quedará así:
“Artículo 13. Composición de la Junta Directiva. La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena), estará integrada por:
1. El presidente de la República o su delegado.
2. El Ministro de Minas y Energía o el Viceministro.
3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o el Viceministro.
4. El Ministro de Transporte o el Viceministro.
5. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o el Viceministro.
6. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o el Viceministro.
7. El presidente de Ecopetrol o como su delegado, el Vicepresidente de Operaciones y Logística de Transporte.
8. Tres (3) gobernadores de los departamentos ribereños, elegidos a razón de uno por cada una de las secciones geográficas del río (alto, medio y bajo Magdalena).
9. Seis (6) alcaldes de los municipios ribereños, elegidos a razón de dos (2) por cada una de las secciones geográficas del río (alto, medio y bajo Magdalena).
10. Un representante de los gremios de la navegación fluvial elegido por la Asamblea Corporativa”.
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el numeral 7 del artículo 13 de los estatutos de administración y funcionamiento de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena (Cormagdalena).
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra del Interior,
Alicia Victoria Arango Olmos.