DECRETO 1397 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1397 DE 2021    

(octubre 29)    

D.O. 51.842, octubre 29 de 2021    

por el cual se hace una  designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular  del Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto número  1083 de 2015 y los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de  2000,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la  Carrera Diplomática y Consular, establece que, en virtud del principio de especialidad,  podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que  no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la  materia, no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular  para proveer dichos cargos.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Designación.  Designar en provisionalidad al señor Juan Camilo Revelo Jurado, identificado  con cédula de ciudadanía número 1061733084, en el cargo de Tercer Secretario de  Relaciones Exteriores, Código 2116, Grado 11, de la planta global del  Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de Colombia  en San Francisco, Estados Unidos de América.    

Artículo 2º. Funciones  Consulares. El señor Juan Camilo Revelo Jurado ejercerá las funciones de  Vicecónsul en el Consulado General de Colombia en San Francisco, Estados Unidos  de América.    

Artículo 3º. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 4º. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 5º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de  octubre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Viceministro de Asuntos  Multilaterales (E), Encargado de las Funciones del Despacho de la Ministra de  Relaciones Exteriores,    

Carlos Arturo Morales López.    

               

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