DECRETO 1370 DE 2021
(octubre 28)
D.O. 51.841, octubre 27 de 2021
por el cual se hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2119 del 26 de noviembre de 2019, fue comisionada a la planta interna la señora Sonia Marina Pereira Portilla, identificada con cedula de ciudadanía número 30.724.433, en el cargo de Ministro Plenipotenciario, código 0074, grado 22, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 12 de noviembre de 2020.
Que mediante Decreto 1766 del 21 de mayo de 2010, fue ascendida la señora Sonia Marina Pereira Portilla a la categoría de Embajador dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal c) del artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000 señala que, la frecuencia de los lapsos de alternación se contabilizará desde la fecha en que el funcionario se posesione o asuma funciones en el exterior, o se posesione .del cargo en planta interna, según el caso. Igualmente, en el caso del lapso de alternación previsto en el literal b. ibídem, también constituirán excepciones aquellas circunstancias de especial naturaleza calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal b) del artículo 53 del Decreto Ley 274 de 2000, indica que los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular podrán ser autorizados o designados para desempeñar Comisión para situaciones especiales, para desempeñar en el exterior el cargo dentro de la categoría del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular a la cual perteneciere, sin cumplir la frecuencia del lapso de alternación dentro del Territorio de la República de Colombia a la que se refiere el artículo 37, literal b) de la misma norma, previo concepto favorable de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Acta 864 del 4 de octubre de 2021, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto Ley 274 de 2000, recomienda interrumpir el lapso de alternación en planta interna de la Embajadora Sonia Marina Pereira Portilla.
Que en consideración de lo anteriormente expuesto, los miembros de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular, votaron favorablemente de manera virtual, con relación a conceder comisión para situaciones especiales de la Embajadora Sonia Marina Pereira Portilla, para ser designado en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), con sede en Nueva York, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Comisión. Comisiónase a la planta externa la señora Sonia Marina Pereira Portilla, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.724.433, al cargo de Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, código 0036, grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores. adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) con sede en Nueva York, Estados Unidos de América.
Parágrafo 1°. La señora Sonia Marina Pereira Portilla es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.
Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto Ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus Covid-19.
Artículo 2º. La señora Sonia Marina Pereira Portilla, ejercerá las funciones de Embajador Alterno, en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de Naciones Unidas (ONU) con sede en Nueva York, Estados Unidos de América.
Artículo 3º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
Viceministro de Asuntos Multilaterales (e) Encargado de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,
Carlos Arturo Morales López.