DECRETO 1365 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1365 DE  2020    

(octubre 16)    

D.O. 51.469, octubre 16  de 2020    

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una  designación en el Servicio Exterior    

EL  PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA    

en  uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le  confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que  de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada  mediante la Ley 17 de 1971,  cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules  Honorarios.    

Que  de conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015,  las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos  colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses  del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul  Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la  comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de  idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le  asignen.    

Que  como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Funchal,  República Portuguesa, la Embajada de Colombia ante la República Portuguesa ha  propuesto, por medio de los memorandos EPTLB No. 025/008 del 22 de enero de  2020 y EPTLB No. 087/015 del 28 de febrero de 2020 a la señora ISABEL MARÍA  ANDRADE SILVA, ciudadana portuguesa.    

Que  de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de  Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de  Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares  Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas  como Cónsules Honorarios.    

Que  una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la  Embajada de Colombia ante la República Portuguesa, la Dirección de Asuntos  Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por  consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Funchal,  República Portuguesa, así como el nombramiento de la señora ISABEL MARÍA  ANDRADE SILVA, como Cónsul Honoraria.    

Que  mediante el memorando I-GEOAU-20-006994 del 7 de mayo de 2020, la Dirección de  Europa igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y  nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal No. 108087/2020 del 1 de  octubre de 2020, el Ministerio de Negocios Extranjeros de la República  Portuguesa confirmó el Beneplácito al nombramiento.    

En  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. CREAR el Consulado Honorario de Colombia en Funchal, República Portuguesa.    

Artículo  2°. DESIGNAR a la señora ISABEL MARÍA ANDRADE SILVA, como Cónsul Honoraria en  Funchal, con circunscripción en la Región Autónoma de Madeira, República  Portuguesa por un periodo inicial de cuatro (4) años.    

Artículo  3°. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo  4°. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase    

Dado en Bogotá, D.C., a 16 de octubre de 2020    

IVAN DUQUE MARQUEZ    

La Ministra de Relaciones Exteriores    

Claudia Blum    

               

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