DECRETO 1362 DE 2021
(octubre 28)
D.O. 51.841, octubre 27 de 2021
por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio TRD.100.9.01.269 de 11 de noviembre de 2020, el señor Édgar Fernando Amézquita Herrera, alcalde del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta, manifestó ante la Procuraduría Regional del Meta, su impedimento para atender toda actuación y competencia respecto del proyecto y contrato financiados con recursos del Sistema General de Regalías en el departamento del Meta, estos son: i) Proyecto BPIN 2016501500006 “Diseño de urbanismo y compra de lote urbano para realización de proyectos de vivienda en el municipio de Castilla La Nueva” y, ii) Contrato de Obra OC-095 de 2017, cuyo objeto es “Compra de lote urbano para la realización del proyecto de vivienda en el municipio de Castilla La Nueva”, comoquiera que, luego de realizado el plan de vigilancia y control fiscal para el segundo semestre de 2020, por parte de la Contraloría General de la República, la misma requirió proceder en actuaciones por la compra realizada por la Secretaría de Planeación, Ambiente y Vivienda de la época, en relación con el predio denominado “El Porvenir”, identificado con código catastral número 501500100000000120023000000000 y matricula inmobiliaria 232-31285, en la cual la vendedora del mencionado predio fue la señora María del Carmen Herrera Amézquita, quien es su progenitora, invocando las causales de impedimento previstas en los numerales 1 y 2 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante auto de 15 de diciembre de 2020, proferido dentro del proceso con radicación 3133-2020; IUS-E-2020-617391; IUC-D-2020-1657897, el Procurador Regional del Meta, aceptó el impedimento manifestado por el señor Édgar Fernando Amézquita Herrera, alcalde municipal de Castilla La Nueva, Meta, única y exclusivamente para el conocimiento dentro de los procesos Proyecto BPIN 2016501500006 “Diseño de urbanismo y compra de lote urbano para realización de proyectos de vivienda, en el municipio de Castilla La Nueva” y, Contrato de Obra OC-09 de 2017, cuyo objeto es “Compra de lote urbano para la realización del proyecto de vivienda en el municipio de Castilla La Nueva”, encontrando configuradas las causales de impedimento invocadas y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicad en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-077288 de 22 de septiembre de 2021, la señora Ángela Milena Lozano Caicedo, secretaria administrativa de la Gobernación del Meta, remitió, por directriz del señor gobernador, la hoja de vida de la señora Martha Isabel Serrano García, funcionaria vinculada al mismo ente territorial, para ser designada como alcaldesa ad hoc para el municipio de Castilla La Nueva, Meta.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la “función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar a la alcaldesa ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, Meta.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través-del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Castilla La Nueva. Designar como alcaldesa ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta, a la doctora Martha Isabel Serrano García, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.121.818.342, quien se desempeña en el cargo de secretario de despacho código 020, grado 03, ubicado en la Secretaría de Vivienda de la Gobernación del Meta, única y exclusivamente para el conocimiento dentro de los procesos Proyecto BPIN 2016501500006 “Diseño de urbanismo y compra de lote urbano para realización de proyectos de vivienda, en el municipio de Castilla La Nueva” y, Contrato de Obra OC-095 de 2017, cuyo objeto es “Compra de lote urbano para la realización del proyecto de vivienda en el municipio de Castilla La Nueva”, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. la alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio de Castilla La Nueva, a la gobernación del Meta, y a la Procuraduría Regional del Meta.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de octubre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.