DECRETO 1323 DE 2021
(octubre 20)
D.O. 51.833, octubre 20 de 2021
por el cual se hace una designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 719 del 24 de abril de 2019, fue trasladada a la planta interna la señora Flor Ángela Durán Consuegra, identificada con cédula de ciudadanía número 52340663, en el cargo de Ministro Consejero, Código 1014, Grado 13, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, del cual tomó posesión el 28 de junio de 2019.
Que mediante Resolución número 1426 fiel 29 de marzo de 2019, fue ascendida la señora Flor Ángela Durán Consuegra a la categoría de Ministro Consejero, dentro del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal c) del artículo 37 del Decreto ley 274 de 2000 señala que, la frecuencia de los lapsos de alternación se contabilizará desde la fecha en que el funcionario se posesione o asuma funciones en el exterior, o se posesione del cargo en planta interna, según el caso. Igualmente, en el caso del lapso de alternación previsto en el literal b) ibídem, también constituirán excepciones aquellas circunstancias de especial naturaleza calificadas como tales por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que el literal b) del artículo 53 del Decreto ley 274 de 2000, indica que los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular podrán ser autorizados o designados para desempeñar Comisión para situaciones especiales, para desempeñar en el exterior el cargo dentro de la categoría del escalafón de la Carrera Diplomática y Consular a la cual perteneciere, sin cumplir la frecuencia del lapso de alternación dentro del Territorio de la República de Colombia a la que se refiere el artículo 37, literal b), de la misma norma, previo concepto favorable de la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.
Que mediante Acta número 863 de fecha 7 de septiembre de 2021, la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular en ejercicio de la función que le asigna el literal c) del artículo 73 del Decreto ley 274 de 2000, recomienda interrumpir el lapso de alternación en planta interna de la Ministro Consejero Flor Ángela Durán Consuegra.
Que mediante memorando I-GCDA-21-010965 de fecha 13 de septiembre de 2021, la Directora Encargada de la Dirección de Talento Humano, informó a la señora Flor Ángela Durán Consuegra, la decisión tomada por la Comisión de Personal de Carrera Diplomática y Consular sobre la aprobación de designación de la funcionaria, para cumplir labores en la Embajada de Colombia en Japón.
DECRETA:
Artículo 1º. Comisión. Comisionase a la planta externa a la señora Flor Ángela Durán Consuegra, identificada con cédula de ciudadanía número 52340663, en el cargo de Ministro Consejero, Código 1014, Grado 13 de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia en Japón.
Parágrafo 1º. La señora Flor Ángela Durán Consuegra es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Consejero.
Parágrafo 2º. El término para el desplazamiento previsto en el parágrafo 1º del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19.
Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores
Martha Lucía Ramírez Blanco.