DECRETO 1318 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1318 DE 2021    

(octubre 20)    

D.O. 51.833, octubre 20 de 2021    

por el cual se designa Alcalde ad hoc del  municipio de Policarpa, departamento de Nariño.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus  atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el  artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito 2021-0293 de 12 de agosto de 2021, dirigido  a la Procuraduría Regional de Nariño, el señor Jaime David Sánchez Rodríguez,  Alcalde del municipio de Policarpa, departamento de Nariño, manifestó su  impedimento para actuar dentro del proceso de nulidad y restablecimiento de  derecho incoado por el señor Álvaro Rider Sánchez  Rodríguez, comoquiera que entre el mandatario y este último, existe un vínculo  de parentesco en segundo Grado de consanguinidad, razón por la cual, invocó la  casual de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 18 de agosto de 2021, proferido dentro del  proceso con radicación IUS-E-2021-433690; el Procurador Regional de Nariño,  aceptó el impedimento manifestado por el señor Jaime David Sánchez Rodríguez,  Alcalde municipal de Policarpa, Nariño, para representar al referido ente  territorial ante el Juzgado Tercero Contencioso Administrativo del Circuito, en  el cual cursa el proceso de nulidad y restablecimiento de derecho con radicado  2018-00210-00, interpuesto por el señor Álvaro Rider  Sánchez Rodríguez, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente  de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o  territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de  libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para  realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter  transitorio (…)”, mediante correo electrónico de 16 de septiembre de 2021, la  Gobernadora (E) del departamento de Nariño, remitió la hoja de vida del señor  Sergio Antonio Muñoz Castillo, funcionario vinculado al mismo ente territorial,  para ser designado como Alcalde ad hoc del municipio de Policarpa,  Nariño.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al Alcalde ad  hoc del municipio de Policarpa, Nariño.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde  al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos  en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en  ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del  sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de  Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través  del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación Alcalde ad hoc del municipio de  Policarpa. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Policarpa, Nariño, al  señor Sergio Antonio Muñoz Castillo, identificado con la cédula de ciudadanía  número 98322218, quien se desempeña en el cargo de Subsecretario de Gestión  Pública Código 045, Grado 01 de la Gobernación de Nariño, para representar al  citado ente territorial dentro · del proceso de nulidad y restablecimiento del  derecho que cursa en el Juzgado Tercero Contencioso Administrativo del Circuito  bajo radicado 2018-00210-00, el cual fue incoado por el señor Álvaro Rider Sánchez Rodríguez, de conformidad con la parte motiva  del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto  deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los  términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina  Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  al Alcalde ad hoc designado en este acto, al Alcalde titular del municipio de  Policarpa, a la gobernación de Nariño y a la Procuraduría Regional de Nariño.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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