DECRETO 1312 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1312 DE 2020     

(septiembre  30)    

D.O. 51.453, septiembre  30 de 2020    

por el cual se  hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio  Exterior.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y,  en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto número  1067 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con la Convención  de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier  Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.    

Que de  conformidad con el literal d) del artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto número  1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por  ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los  intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del  Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con  Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones  económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones  que se le asignen.    

Que como  candidato a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Belgrado,  República de Serbia, la Embajada de Colombia ante Hungría concurrente para la  República de Serbia ha propuesto, por medio del memorando EHUBD 354/173 del 26  de agosto de 2020 al señor Dejan Cakajac, ciudadano  serbio.    

Que de  conformidad con el artículo 2.2.1.3.3., corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios,  Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el  estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su  circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules  Honorarios.    

Que una  vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la  Embajada de Colombia ante Hungría concurrente para la República de Serbia, la  Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha  considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado  Honorario en Belgrado, República de Serbia, así como el nombramiento del señor  Dejan Cakajac, como Cónsul Honorario.    

Que  mediante el memorando I-GECOE-20-009460 del 2 de septiembre de 2020, la Dirección  de Europa igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y  nombramiento propuestos. Asimismo, mediante la Nota Verbal número 506-10/20 del  15 de agosto de 2020, la Embajada de la República de Serbia ante Hungría,  confirmó el beneplácito del Estado receptor frente al nombramiento.    

En mérito  de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Crear el Consulado Honorario de Colombia en Belgrado, República de Serbia.    

Artículo  2º. Designar al señor Dejan Cakajac, como Cónsul  Honorario en Belgrado, con circunscripción en toda la República de Serbia por  un periodo inicial de cuatro (4) años.    

Artículo  3º. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo  4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

La  Ministra de Relaciones Exteriores    

Claudia Blum.    

               

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