DECRETO 1300 DE 2022

Decretos 2022

                 

DECRETO 1300 DE 2022    

(julio 25)    

D.O. 52.106, julio 25 de 2022    

por el cual se acepta la  renuncia a un Notario.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas en los artículos 131 de la Constitución Política,  144 numeral 1 del Decreto ley 960 de  1970, 5 del Decreto ley 2163  de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.9  numeral 2 del Decreto 1069 de 2015  y,    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Abelardo Gabriel  de la Espriella Juris, identificado con la cédula de ciudadanía número 19194475  de Bogotá, D. C., Notario Treinta y Dos (32) en propiedad del Círculo Notarial  de Bogotá, D. C., nombrado por el Gobierno nacional mediante Decreto  895 del 16 de marzo de 2009, modificado por el Decreto  5041 del 29 de diciembre de 2009, presentó renuncia al cargo a través de  escrito del 5 de julio de 2022.    

Que teniendo en cuenta lo  preceptuado en el artículo 144 del Decreto ley 960 de  1970, el cargo de notario se pierde por aceptación de la renuncia.    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9  del Decreto  1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia  y del Derecho, establece como una “falta absoluta del notario” la  renuncia aceptada.    

Que el artículo 150 del Decreto ley 960 de  1970 dispone que, “El Notario no podrá separarse del desempeño de sus  funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba remplazarlo”.    

Que de conformidad con la norma  anterior, el señor Abelardo Gabriel de la Espriella Juris no podrá separarse  del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien  deba remplazarlo.    

En  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Aceptación de Renuncia. Aceptar a partir de la fecha la renuncia  presentada por-el señor Abelardo Gabriel de la Espriella Juris, identificado  con la cédula de ciudadanía número 19194475 de Bogotá, D. C., al cargo de  Notario Treinta y Dos (32) en propiedad del Círculo Notarial de Bogotá, D. C.,  de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo.    

Parágrafo.  El señor Abelardo Gabriel de la Espriella Juris no podrá separarse del  desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba  remplazarlo.    

Artículo  2°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2022.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.    

El  Ministro de Justicia y del Derecho,    

Wilson Ruiz Orejuela    

               

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