DECRETO 130 DE 2022
(enero 27)
D.O. 51.930, enero 27 de 2022
por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.
Que como candidato a ocupar el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Belmopán, Belice, la Embajada de Colombia ante la República de El Salvador concurrente para Belice, ha propuesto mediante el memorando E-738 del 20 de octubre de 2021 al señor Jaime Antonio González Hernández, ciudadano colombiano.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.
Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de El Salvador concurrente para Belice, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Belmopán, Belice, así como el nombramiento del señor Jaime Antonio González Hernández, como Cónsul Honorario.
Que mediante el memorando I-GALC-21-013076 del 26 de octubre de 2021, la Dirección de América igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con la Nota Verbal No. FA/BR/36/22(147) del 18 de enero de 2022, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Comercio Exterior e inmigración de Belice, manifestó su beneplácito frente al nombramiento.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Crear el Consulado Honorario de Colombia en Belmopán, Belice.
Artículo 2°. Designar al señor Jaime Antonio González Hernández, como Cónsul Honorario en Belmopán, con circunscripción en todo el territorio de Belice, por un período inicial de cuatro (4) años.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de enero de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Martha Lucía Ramírez Blanco.