DECRETO 1298 DE 2023
(agosto 9)
D.O. 52.482, agosto 9 de 2023
por el cual se modifica el Decreto número 1293 de 2023.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República de Colombia, doctor Gustavo Petro Urrego, se trasladó a la ciudad de Belém do Pará – República Federativa de Brasil, desde el día 7 y hasta el 9 de agosto de 2023, con el fin de asistir a la Cumbre de Presidentes Amazónicos, y cumplir con las siguientes reuniones: Plenaria de los Jefes de Estado de los países signatarios de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA).
Que su llegada a Colombia sería el 9 de agosto de 2023.
Que por razones de orden meteorológicas se hace necesario posponer el vuelo Presidencial, de tal manera que el Presidente de la República regresará a Colombia el día 10 de agosto de 2023.
Que durante la ausencia del señor Presidente de la República, el doctor Ricardo Bonilla González, Ministro de Hacienda y Crédito Público, ejercerá funciones legales y unas funciones constitucionales, como Ministro Delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el considerando segundo del Decreto número 1293 del 4 de agosto de 2023, el cual quedará así:
“Que la llegada del señor Presidente de la República a Colombia será el 10 de agosto de 2023”.
Artículo 2°. El señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Ricardo Bonilla González, continúa ejerciendo las funciones legales y unas funciones constitucionales hasta el día 10 de agosto de 2023, como Ministro Delegatario.
Artículo 3°. Las demás disposiciones contenidas en el Decreto número 1293 del 4 de agosto de 2023, continúan vigentes.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Belém do Para, República Federativa de Brasil, a 9 de agosto de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.