DECRETO 1283 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1283 DE 2020     

(septiembre  23)    

D.O.  51.446, septiembre 23 de 2020    

por  el cual se hace un nombramiento en encargo en el Círculo Notarial de  Buenaventura – Valle del Cauca.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5° del Decreto Ley 2163  de 1970 en concordancia con las disposiciones del artículo 2.2.6.1.5.3.6 y  2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015.    

CONSIDERANDO:    

Que el  Gobierno nacional mediante Decreto  1065 del 25 de junio de 2018 nombró en propiedad al señor Ricardo Rivera  Ardila, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número  13644442 de San Vicente de Chucurí, como Notario Segundo (2°) del Círculo  Notarial de Buenaventura – Valle del Cauca.    

Que el  28 de agosto de 2020 falleció en el Municipio de Cali, Valle del Cauca, el  señor Ricardo Rivera Ardila, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía  No. 13644442 de San Vicente de Chucurí, inscrito en el Registro Civil de  Defunción con Indicativo Serial número 06067264, el 31 de agosto de 2020 en la  Notaría Tercera (3a) del Círculo Notarial de Cali.    

Que en  cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014,  el Superintendente de Notariado y Registro, mediante documento del 8 de  septiembre de 2020 certificó que, “… la Notaría Segunda (2a)  del Círculo de Buenaventura – Valle del Cauca, Notaría de Primera Categoría, se produjo la falta absoluta  del notario, bajo la causal descrita en el numeral 1 del artículo 2.2.6.1.5.3.9  del Decreto 1069 de 2015  “Falta absoluta del notario. Se produce falta absoluta del notario por: 1.  Muerte (…)”.    

Que la  Notaría Segunda (2a) del Círculo Notarial de  Buenaventura – Valle del Cauca, deberá ser provista en ejercicio del derecho de  preferencia, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del artículo 178  del Decreto Ley 960 de  1970 y las del título 6, capítulo 3, sección 1 del Decreto 1069 de 2015.    

Que el  artículo 145 del Decreto Ley 960 de  1970 dispone que el cargo de Notario puede desempeñarse por encargo.    

Que de  acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5° del Decreto Ley 2163  de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno  nacional.    

Que en  tanto se resuelve lo relativo al trámite del derecho de preferencia previsto en  el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de  1970 y, por estrictas necesidades del servicio público notarial procede  designar un notario en Encargo en la Notaría Segunda (2a)  del Círculo Notarial de Buenaventura – Valle del Cauca, que cumpla los  requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto Ley 960 de  1970.    

Que en  cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014  la Directora de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y  Registro, mediante documento del 16 de septiembre de 2020 certificó que, “una  vez revisada la documentación aportada por el señor Germán Darío Ortiz Giraldo,  identificado con la cédula de ciudadanía 4567737 de Samaná, se estableció que  el citado profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el  ejercicio de la función notarial, en notarías de primera categoría”.    

Que en  cumplimiento de lo dispuesto en el artículo el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015  la Superintendencia de Notariado y Registro, el 16 de septiembre de 2020,  emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar al señor “Germán Darío Ortiz Giraldo, identificado con la cédula de  ciudadanía 4567737 de Samaná, como Notario de la Notaria (sic) Segunda del  Círculo de Buenaventura – Valle del Cauca en Encargo; quien cumple con las  calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial”.    

Que en  este orden se procede a designar en encargo al señor Germán Darío Ortiz  Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía número 4567737 de Samaná,  como Notario Segundo (2°) del Círculo Notarial de Buenaventura -Valle del  Cauca.    

En  mérito de lo expuesto    

DECRETA:    

Artículo  1°. Nombramiento en encargo. Nómbrese en encargo al señor Germán Darío Ortiz  Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía número 4567737 de Samaná,  como Notario Segundo (2°) del Círculo Notarial de Buenaventura -Valle del  Cauca, mientras se surte para esta Notaría el trámite pertinente al ejercicio  del derecho de preferencia, contemplado en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de  1970.    

Artículo  2º. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para posesionarse  en el cargo, el designado debe aportar y acreditar, ante la Gobernación del  Valle del Cauca1, la documentación de ley.    

Artículo  3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 23 de septiembre de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

El  Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, Encargado del Empleo  del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,    

Javier Augusto  Sarmiento Olarte.    

               

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