DECRETO 1281 DE 2023
(agosto 1°)
D.O. 52.474, agosto 1º de 2023
por el cual se designa Alcaldesa ad hoc del municipio de Támesis, departamento de Antioquia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Oficio número 0530 del 2 de marzo de 2023, el señor Juan Martín Vásquez Hincapié, Alcalde del municipio de Támesis, departamento de Antioquia, manifestó su impedimento ante la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia, para actuar como representante de víctimas dentro del proceso penal con SPOA 110016000101202100034 que cursa en su contra en el Juzgado Promiscuo del Circuito de Támesis, Antioquia, razón por la cual invocó el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011.
Que mediante auto de 9 de marzo de 2023, proferido dentro del proceso con radicación IUSE-2023-129485 / IUC-D-2023-2836970, la Procuradora Regional de Instrucción de Antioquia, declaró fundado el impedimento manifestado por el señor Juan Martín Vásquez Hincapié, Alcalde del municipio de Támesis, departamento de Antioquia, periodo 2020-2023, para representar al citado ente territorial como víctima dentro del proceso penal con SPOA 110016000101202100034 que cursa en su contra en el Juzgado Promiscuo del Circuito de Támesis, Antioquia, encontrando configurada la causal de impedimento invocada.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante oficio sin fecha, enviado al Ministerio del Interior mediante correo electrónico del 14 de junio de 2023, el señor Aníbal Gaviria Correa, Gobernador del departamento de Antioquia, remitió la hoja de vida de la señora Alejandra Muñoz Jiménez, funcionaria vinculada al mismo ente territorial, para ser designada como Alcaldesa ad hoc del municipio de Támesis, Antioquia.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el artículo 3° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar Alcaldesa ad hoc del municipio de Támesis, Antioquia.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación Alcaldesa ad hoc de Támesis. Designar como Alcaldesa ad hoc del municipio de Támesis, Antioquia, a la señora Alejandra Muñoz Jiménez, identificada con la cédula de ciudadanía número 43273554, quien se desempeña en el cargo de Director Operativo, Código 009, Grado 01, NUC Planta 7316, ID Planta 8434, asignada al grupo de trabajo Despacho del Secretario en la Secretaría de Seguridad y Justicia, adscrita a la planta global de la Gobernación de Antioquia, para que actúe o represente al municipio como víctima en el proceso penal radicado bajo el No. SPOA 110016000101-2021-00034, que se adelanta en el Juzgado Promiscuo del Circuito de Támesis, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. La Alcaldesa ad hoc designada en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto a la Alcaldesa ad hoc designada en este acto, al Alcalde titular del municipio de Támesis, a la Gobernación de Antioquia, a la Procuraduría Regional de Instrucción de Antioquia y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Támesis.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1° agosto de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro del Interior,
Luis Fernando Velasco Chaves.