DECRETO 1262 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 1262 DE 2023     

(julio 28)    

D.O. 52.470, julio 28 de 2023    

por el cual se hace un  nombramiento en el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral, 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 2,2.5.1.1 del Decreto número  1083 de 2015; y,    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 0316 del 6 de marzo de 2023 fue encargado el doctor Juan Fernando  Roa Ortiz, identificado con el número de cédula de ciudadanía 1030555946, en el  empleo de Gerente General, Código 0015 Grado 25 del Instituto Colombiano  Agropecuario (ICA), y tomó posesión el 9 de marzo de 2023 mediante acta número  05.    

Que el doctor Fabián Ernesto  Sánchez Castillo, Coordinador del Grupo de Gestión del Talento Humano del  Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), mediante comunicación escrita del 31  de mayo de 2023, certificó que de acuerdo con el Manual Específico de Funciones  y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del  Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), el doctor Juan Fernando Roa Ortiz, una  vez realizado el análisis de requisitos mínimos y experiencia, cumple con los  requisitos para desempeñar el empleo de Gerente General, Código 0015 Grado 25  del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).    

Que, por lo anterior, se hace  necesario efectuar el respectivo nombramiento.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nombramiento.  Nombrar a partir de la fecha al doctor Juan Fernando Roa Ortiz, identificado  con el número de cédula de ciudadanía 1030555946, en el empleo de Gerente  General, Código 0015 Grado 25 del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).    

Artículo 2°. Comunicación. El  presente Decreto deberá ser comunicado por la Coordinación del Grupo Interno de  Trabajo de Talento Humano del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural al  doctor Juan Fernando Roa Ortiz.    

Artículo 3°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de  julio de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

La Ministra de Agricultura y  Desarrollo Rural,    

Jhenifer Mojica Flórez.    

               

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