DECRETO 1262 DE 2021
(octubre 13)
D.O. 51.826, octubre 13 de 2021
por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio de Anserma, departamento de Caldas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio DA-182 de 21 de abril de 2021, el señor John Alejandro Londoño Medina, alcalde del municipio de Anserma, departamento de Caldas, manifestó su impedimento ante la Procuraduría Regional de Caldas, para “proceder a realizar el nombramiento de la funcionaria Sandra Ligia Loaiza Medina, por encontrarme en cuarto grado de consanguinidad, quien se ha presentado ante la convocatoria interna que se realizó para la provisión de un empleo en figura de encargo de la planta global de la Alcaldía Municipal de Anserma, Caldas, cumpliendo con todos los requisitos mínimos para ocupar este cargo (… )”, razón. por la cual, invocó el Concepto 100131 de 2020 del Departamento Administrativo de la Función Pública y el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante auto de 26 de mayo de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS E-2021-215351, el Procurador Regional de Caldas aceptó el impedimento manifestado por el señor John Alejandro Londoño Medina, alcalde municipal de Anserma, Caldas, para adelantar el trámite relativo al nombramiento en encargo de la señora Sandra Ligia Loaiza Medina, para el cargo de técnico administrativo, nivel técnico, código 367, grado 14 de la Secretaría de Tránsito y Transporte de ese mismo ente territorial, encontrando configurada la causal prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con la prohibición establecida en el artículo 126 de la Constitución Política de Colombia y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-076411 de 20 de septiembre de 2021, el gobernador del departamento de Caldas, remitió la hoja de vida del señor Alberto Hoyos López, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de Anserma, Caldas.
Que el artículo 209 de la Constitución Política expone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Anserma, departamento de Caldas.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de Anserma. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Anserma, departamento de Caldas, al señor Alberto Hoyos López, identificado con la cédula de ciudadanía número 10257300, quien se desempeña en el cargo de secretario de despacho, grado 01, ubicado en la Secretaria General de la Gobernación de Caldas, para adelantar trámite relativo al nombramiento en encargo de la señora Sandra Ligia Loaiza Medina, para el cargo de técnico administrativo, nivel técnico, código 367, grado 14 de la Secretaría de Tránsito y Transporte de ese mismo ente territorial, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde titular del municipio de Anserma, a la gobernación de Caldas y a la Procuraduría Regional de Caldas.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 13 de octubre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.