DECRETO 1260 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1260 DE 2021     

(octubre 13)    

D.O. 51.826, octubre 13 de 2021    

por el cual se designa alcalde  ad hoc del municipio de Lejanías, departamento del Meta.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio  OF-DA-493-2020 de 7 de diciembre de 2020, el señor Oscar Iván Chaparro Suárez,  Alcalde del municipio de Lejanías, departamento del Meta, manifestó ante la  Procuraduría Regional del Meta su impedimento para conocer, tramitar y otorgar  poder dentro del medio de control de repetición con radicado número  50001-33-33-001- 2018-00417-00 que se adelanta en su contra ante el Juzgado  Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio, razón por la cual, invocó  la causal de impedimento prevista en el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 21 de  enero de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS: E-2020-664233,  IUS: E-2020-1685685, el Procurador Regional del Meta, aceptó el impedimento  manifestado por el señor Oscar Iván Chaparro Suárez, Alcalde municipal de  Lejanías, Meta, para actuar como representante legal del municipio dentro del  proceso de repetición 500013333001 2018 00417 00, adelantado en el Juzgado Primero  Administrativo Oral de Villavicencio, encontrando configurada la causal de  impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un  funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…)  será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante correo electrónico de 17 de  septiembre de 2021, la doctora Ángela Milena Lozano Caicedo, secretaria  administrativa de la Gobernación del Meta, remitió, por directriz del señor  gobernador, la hoja de vida del doctor Pedro Vidal Velandia Bejarano,  funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como  alcalde ad hoc del municipio de Lejanías, Meta.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad  e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento  Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Lejanías, Meta.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcalde  ad hoc del municipio de Lejanías. Designar como alcalde ad hoc del municipio  Lejanías, Meta, al señor Pedro Vidal Velandia Bejarano, identificado con la  cédula de ciudadanía número 1120867895, quien se desempeña en el cargo de  secretario de despacho código 020, grado 03, ubicado en la Secretaría de  Derechos Humanos y Paz de la Gobernación del Meta, para actuar como  representante legal del municipio dentro del proceso de repetición que cursa en  el Juzgado Primero Administrativo Oral de Villavicencio bajo radicado  500013333001 2018 00417 00, de conformidad con la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El  alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar,  a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el  contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de Lejanías, a la gobernación del Meta y a la  Procuraduría Regional del Meta.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a 13 de  octubre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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