DECRETO 1234 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1234 DE 2021     

(octubre 8)    

D.O. 51.821, octubre 8 de 2021    

por el cual se hace una  designación en comisión para situaciones especiales a la planta externa del  Ministerio de Relaciones Exteriores.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución, artículos  35 al 40, el literal a) del artículo 53 y artículo 62 del Decreto ley 274 de  2000, y    

CONSIDERANDO:    

Que, el literal b) del artículo  39 del Decreto ley 274 de  2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a  cada lapso de alternación la Dirección de Talento Humano o la dependencia que  hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el  desplazamiento del funcionario en legal forma.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Comisión.  Comisionase a la planta externa a la señora Camila María Polo Flórez,  identificada con cédula de ciudadanía número 52249819, al cargo de Ministro  Consejero, Código 1014, Grado 13, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno del  Reino de Bélgica.    

Parágrafo 1º. La señora Camila  María Polo Flórez es funcionaria inscrita en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Ministro Plenipotenciario.    

Parágrafo 2º. El término para  el desplazamiento previsto en el parágrafo 1° del artículo 39 del Decreto ley 274 de  2000, una vez comunicado el presente decreto, podrá ser prorrogado en los  casos en que el país de destino no otorgue las condiciones necesarias para que  pueda darse el desplazamiento con ocasión de la pandemia del nuevo Coronavirus  COVID-19.    

Artículo 2º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el  cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del  Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de  Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del  presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 8 de  octubre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Martha Lucía Ramírez Blanco.    

               

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