DECRETO 1207 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 1207 DE 2023    

(julio 18)    

D.O. 52.460, julio 18 de 2023    

por medio del cual se da por  terminado un encargo y se hace un nombramiento.    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público de la República de Colombia, delegatario de funciones  presidenciales mediante Decreto  número 1168 del 11 de julio de 2023, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, y en particular, las previstas en los artículos 189, numeral 13 de la Constitución  Política, artículo 13 de la Ley 1702 de 2013 y  2.2.5.1.1 del Decreto número  1083 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que a través del artículo 2º  del Decreto  número 0680 del dos (2) de mayo de 2023, se encargó a partir del dos (2) de  mayo de 2023, a la doctora Lina María Margarita Huari Matéus,  identificada con cédula de ciudadanía número 46450534 quien se desempeña en el  cargo de Director Técnico, Código 0100 Grado 24, de la Agencia Nacional de  Seguridad Vial, del empleo de Director General, Código 0015 Grado 28, de la  Agencia Nacional de Seguridad Vial sin separarse de las funciones propias de su  empleo.    

DECRETA:    

Artículo 1º. Terminación de  encargo. Dar por terminado a partir de la fecha, el encargo efectuado mediante Decreto  número 0680 del dos (2) de mayo de 2023 del empleo de Director General,  Código 0015 Grado 28, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a la doctora  Lina María Margarita Huari Matéus, identificada con  cédula de ciudadanía número 46450534 quien se desempeña en el cargo de Director  Técnico, Código 0100 Grado 24, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.    

Artículo 2º. Nombramiento.  Nombrar a partir de la fecha, del cargo de Director General,  Código 0015 Grado 28, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial a la doctora Mariantonia Tabares Pulgarín, identificada con cédula de  ciudadanía número 1214727577.    

Artículo 3º. Comunicación. El  presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano  del Ministerio de Transporte a las doctoras Lina María Margarita Huari Matéus y Mariantonia Tabares  Pulgarín.    

Artículo 4º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado, a 18 de julio de 2023.    

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ.    

El Ministro  de Transporte,    

William Fernando Camargo Triana.    

               

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