DECRETO 1201 DE 2022
(julio 18)
D.O. 52.099, julio 18 de 2022
por el cual se confiere la condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un personal de la Policía Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 5° del Decreto 2806 de 1979 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2806 de 1979, el Gobierno nacional creó la Condecoración “Cruz al Mérito Policial”, para exaltar los méritos de quienes se han distinguido en el servicio a la patria y a la sociedad, sobresaliendo por su abnegación, constancia y decisión en la lucha contra el delito.
Que mediante Acta número 030 ADEHU – GREPO 2.25 de fecha 22 de junio del dos mil veintidós (2022), que trata de la sesión extraordinaria del consejo para el otorgamiento de medalla Cruz al Mérito Policial, se aprobó conferir la distinción a un personal de la Policía Nacional de Colombia quien reúne los requisitos exigidos en los articulas 1° y 4° de la norma ibídem.
Que los funcionarios relacionados a continuación, se han destacado por su profesionalismo, consagración al servicio, liderazgo, abnegación en las actividades y funciones que ostenta, permitiendo alcanzar resultados exitosos dejando en alto la imagen institucional, acto que es digno de reconocer y exaltar.
DECRETA
Artículo 1°. Condecoración. Confiérase la Condecoración “Cruz al Mérito Policial” a un personal de la Policía Nacional, en la categoría que se indica de conformidad con los artículos 1° y 4° del Decreto 2806 de 1979, así:
SEPTIMA VEZ
1.
MY.
Mendoza Meza César Octavio
13.959.031
QUINTA VEZ
1.
MY.
Linares Bejarano Luis Alexánder
80.432.424
SEGUNDA VEZ
1.
TC.
Dávila Torres Oscar Darío
86.066.187
2.
TC.
Patiño Galvis Mauricio Alejandro
75.098.326
3.
MY.
Torres Castillo Fabio Nelson
80.237.700
4.
MY.
López Martínez Yeferson Ramiro
1.006.695.500
5.
SI.
Cabrera Caiza William Alexánder
5.228.349
6.
SI.
Bautista Rodríguez Wilmer Yesid
1.098.613.032
PRIMERA VEZ
1.
CR.
Restrepo Villamil José Libardo
79.641.483
2.
TC.
Ruiz Arias Héctor
80.048.600
3.
TC.
Martínez Cartagena Claudia Marcela
52.472.652
4.
MY
Torres Mosquera Dayana Marcha
52.778.471
5.
CT.
Vargas Ramírez Freddy Alejandro
80.932.742
6.
IT.
Morales López Luis Alfonso
91 .528.070
7.
IT.
Ospina Cardona Jorge Iván
15.962.487
8.
IT.
Guzmán Martínez Jaime Eduardo
70.909.235
9.
SI.
Beltrán Caicedo Andrés Ricardo
1.018.419.464
10.
SI.
Ardila Chacón Jefferson Andrés
1.098.648.249
11.
SI.
Suarez Sánchez Lady Viviana
1.019.034.204
12.
SI.
Guzmán Vergara Luis Fernando
10.952.226
13.
SI.
Suárez Caicedo Jefferson Javier
1.069. 733.997
14.
PT.
Vásquez Mora José Luis
1.077.844.036
Artículo 2°. Imposición. La condecoración a la que se refiere el artículo anterior, será impuesta en ceremonia especial, de conformidad con el Reglamento de Ceremonial y Protocolo Policial.
Artículo 3°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de julio de 2022.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
Diego Andrés Molano Aponte.