DECRETO 1196 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1196 DE 2021     

(octubre 4)    

D.O. 51.817, octubre 4 de 2021    

por el cual se da por terminado  un encargo y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las señaladas en el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, el Decreto 1083 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  756 del 13 de julio de 2021, se encargó a partir de la fecha del empleo de  Viceministro, Código 0020, del despacho del Viceministerio de Desarrollo  Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo al doctor Aurelio  Enrique Mejía Mejía identificado con la cédula de  ciudadanía número 8101671 de Medellín, quien desempeña el empleo de Director  Técnico, Código 0100, Grado 22 de la Dirección de Regulación del Ministerio de  Comercio, Industria y Turismo.    

Que se hace necesario dar por  terminado el encargo del doctor Aurelio Enrique Mejía Mejía  y nombrar al doctor Jorge Enrique González Garnica identificado con la cédula  de ciudadanía número 11346231 de Zipaquirá, como titular del empleo de  Viceministro, Código 0020, del Viceministerio de Desarrollo Empresarial del  Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación de  encargo. Dar por terminado el encargo del empleo de Viceministro, Código 0020  del Despacho del Viceministerio de Desarrollo Empresarial del Ministerio de  Comercio, Industria y Turismo, al doctor Aurelio Enrique Mejía Mejía identificado con la cédula de ciudadanía número  8101671 de Medellín, Director Técnico, Código 0100, Grado 22 de la Dirección de  Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Artículo 2. Nombramiento.  Nombrar a partir de la fecha al doctor Jorge Enrique González Garnica  identificado con la cédula de ciudadanía número 11346231 de Zipaquirá, en el  empleo de Viceministro, Código 0020, del Viceministerio de Desarrollo  Empresarial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar a los doctores Aurelio Enrique Mejía Mejía  y Jorge Enrique González Garnica el contenido del presente Decreto, a través  del Grupo de Talento Humano del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  octubre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Comercio,  Industria y Turismo,    

María Ximena Lombana Villalba.    

               

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