DECRETO 1152 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  1152 DE 2023    

(julio 10)    

D.O. 52.452, julio 10 de 2023    

por el cual se efectúa un  ascenso en la planta externa y se retira del servicio del Ministerio de  Relaciones Exteriores a un funcionario.    

El Presidente de la República,  en uso de sus facultades legales. en especial la que le confiere el numeral 2  del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, y    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, establece que, en virtud del principio de Especialidad, podrá  designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no  pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia,  no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para  proveer dichos cargos. Igualmente, en desarrollo del mismo principio, estos  funcionarios podrán ser removidos en cualquier tiempo.    

Que, mediante Decreto  número 046 de 17 de enero de 2022, se designó con carácter provisional en un  cargo de Carrera Diplomática y Consular de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores a Lina María Ramírez Cortés, identificada con cédula de  ciudadanía número 1136882311, para desempeñar el cargo de Segundo Secretario de  Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, adscrito a la Embajada de  Colombia ante el Gobierno de la República Argentina.    

Que Lina María Ramírez Cortés  tomó posesión del cargo el 14 de febrero de 2022, según acta de posesión de la  misma fecha.    

Que, mediante Resolución número  3179 de 28 de abril de 2023, Lina Castillo Bedoya, identificada con cédula de  ciudadanía número 1060652644, fue ascendida dentro del escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular a la categoría de Segundo Secretario de Relaciones  Exteriores.    

Que, en virtud del principio d  Especialidad, Lina Castillo Bedoya, tiene el derecho preferencial de ocupar el  cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de  la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, por ser funcionario  inscrito en la Carrera Diplomática y Consular.    

Que el cargo de Segundo  Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, corresponde a la  planta global del Ministerio por lo que no tiene identificadas ubicaciones; así  los empleos son distribuidos de acuerdo con los perfiles requeridos y las  necesidades del servicio.    

Por este motivo, se hace necesario  ascender al cargo de Segundo Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114,  Grado 15, a Lina Castillo Bedoya; y, de acuerdo con el artículo 60 del Decreto Ley 274 de  2000, en concordancia con el numeral 13 del artículo 2.2.11.1.1 del Decreto número  1083 de 2015, retirar del servicio a Lina María Ramírez Cortés, funcionaria  designada en provisionalidad.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Retiro del  servicio. Retirar del servicio a Lina María Ramírez Cortés, identificada con  cédula de ciudadanía número 1136882311, quien ocupa el cargo de Segundo  Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la planta global  del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia  ante el Gobierno de la República Argentina, de conformidad con lo expuesto en  la parte motiva del presente decreto.    

Parágrafo 1°. Dejación del  cargo. Lina María Ramírez Cortés contará con el término de dos (2) meses, una  vez comunicado el presente decreto, para hacer dejación del cargo y regresar al  país.    

Parágrafo 2°. Erogaciones. Las  erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente artículo se pagarán con  cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo  Rotatorio.    

Artículo 2°. Ascenso en el  cargo. Ascender dentro de la planta externa a Lina Castillo Bedoya,  identificada con cédula de ciudadanía número 1060652644, al cargo de Segundo  Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2114, Grado 15, de la planta global  del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado General de  Colombia en Montreal, Canadá.    

Artículo 3°. Comunicación.  Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones  Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca  la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de  julio de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Álvaro Leyva Durán.    

               

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