DECRETO 1147 DE 2023
(julio 10)
D.O. 52.452, julio 10 de 2023
por el cual se declara una cesación de funciones de un Cónsul Honorario.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.
Que mediante el Decreto número 1456 del 9 de agosto de 2019 se creó el Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Lausana con circunscripción en los Cantones de Vaud y Ginebra, Confederación Suiza y se designó al señor Jean-Marc Duvoisin identificado con el pasaporte suizo número X1233787 como Cónsul Honorario de Colombia en esa oficina consular honoraria.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto número 1067 de 2015 es responsabilidad del respectivo Embajador informar con dos (2) meses de anticipación al vencimiento del período para el cual ha sido nombrado el Cónsul Honorario, si existe interés o no en mantenerlo en su cargo, con el fin de tramitar el decreto correspondiente. En caso de que el Jefe de Misión Diplomática responsable de informar sobre el vencimiento del término para el cual fue nombrado el Cónsul Honorario, no haga ninguna manifestación al respecto se producirá el acto administrativo correspondiente.
Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente declarar la cesación de funciones del Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Lausana, Confederación Suiza y mantener abierto el Consulado Honorario.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Declarar. Declárese la cesación de funciones del señor Jean-Marc Duvoisin identificado con el pasaporte suizo número X1233787 como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Lausana, Confederación Suiza.
Artículo 2°. Comunicar. Comuníquese a través de la Embajada de Colombia ante la Confederación Suiza al señor Jean-Marc Duvoisin y al Estado receptor el presente decreto.
Artículo 3°, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.