DECRETO 1144 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1144 DE 2020     

(agosto  14)    

D.O.  51.406, agosto 14 de 2020    

por  el cual se suprime un Consulado Honorario.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2  del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto número  1067 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que de  conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones  internacionales.    

Que  mediante el Decreto  número 2255 del 16 de octubre de 2013 se creó el Consulado Honorario de  Colombia en Daca, con circunscripción en todo el territorio de la República  Popular; de Bangladés y se nombró como Cónsul Honoraria a la señora Paula  Cristina Madriñán Padilla.    

Que  mediante el Decreto  número 1062 del 28 de junio de 2016 se declaró la cesación de funciones de  la señora Paula Cristina Madriñán Padilla como Cónsul  Honoraria de Colombia en Daca, República Popular de Bangladés.    

Que el  Consulado Honorario de Colombia en Daca, República Popular de Bangladés, se  encuentra vacante desde el 28 de junio de 2016.    

Que de  acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto número  1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio  al Ciudadano debe estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular  Honoraria, con la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de  Carrera que corresponda, para determinar si procede la continuación de la  respectiva oficina.    

Que  mediante el memorando I-EINND-27 del 10 de junio de 2020, la Embajada de  Colombia ante la República de la India, concurrente para la República Popular  de Bangladés, informó que por lo pronto no consideran pertinente adelantar  nuevos procesos de nombramiento.    

Que la  Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra  pertinente el cierre del Consulado Honorario, debido al tiempo de vacancia, y  en consideración a que no hay un candidato para ocupar dicho cargo.    

En  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprimir  el Consulado Honorario de Colombia en Daca, República Popular de Bangladés.    

Artículo  2°. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo  3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá. D. C., a 14 de agosto de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia Blum.    

               

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