DECRETO 1140 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1140 DE 2021    

(septiembre 23)    

D.O. 51.806, septiembre 23 de 2021    

por el cual se designa alcalde ad hoc del municipio  de Guacarí, departamento del Valle del Cauca.    

El Ministro del Interior de la República de  Colombia, delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto  1107 del 13 de septiembre de 2021, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Resolución  número 100-58-151 de 9 de abril de 2021, radicada en la Gobernación del Valle  del Cauca, posteriormente trasladada a la Procuraduría Regional del Valle del  Cauca a través del oficio 1.140.20-18-0697-993977 del 21 del mismo mes y año,  el señor Óscar Hernán Sanclemente Toro, alcalde del municipio de Guacarí, departamento  del Valle del Cauca, manifestó su impedimento para “conocer de la actuación  administrativa de designación de apoderado judicial dentro del medio de Control  de Repetición Radicado número 76-111-33-33-003-2017-00300-00, adelantada por el  Municipio de Guacarí en contra del señor Harold Sanclemente”, invocando las  causales de impedimento previstas en los numerales 1 y 5 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante auto de 9  de julio de 2021, proferido dentro del proceso con radicación E-2021-220904 /  IUC D-2021-1938260, la Procuradora Regional del Valle del Cauca (AF), aceptó el  impedimento manifestado por el señor Óscar Hernán Sanclemente Toro, alcalde  municipal de Guacarí, Valle del Cauca, para “la designación de un apoderado  judicial dentro del medio de control de REPETICIÓN radicado número 76-111-33-33003-2017-00300-00,  adelantada por el municipio de Guacarí contra Harold Sanclemente”, al  considerar que, el parentesco existente entre el mandatario y el demandado del  proceso judicial referido, “acarrea una probable incidencia del alcalde en  cuanto a las directrices que le imparta al abogado a quien se le confiera el  poder para acudir al proceso administrativo” y, consecuentemente, solicitó la  designación de alcalde ad hoc.    

Que en virtud del  concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública,  número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que  “(…) Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante oficio 1.140-15.1-1034951  de 2 de septiembre de 2021, allegado al Ministerio del Interior a través de  correo electrónico de la misma fecha, la gobernadora del Valle del Cauca  remitió la hoja de vida del doctor Francisco Javier Tenorio Lara, para ser  designado como alcalde ad hoc del  municipio de Guacarí, Valle del Cauca.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar cumplimiento a los  principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar  al alcalde ad hoc del municipio de  Guacarí, Valle del Cauca.    

Que de conformidad con  el artículo 66 de la Ley 4 de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea  aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de  funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como  medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del  Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-  06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcalde ad hoc de  Guacarí. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Guacarí, departamento  del Valle del Cauca, al doctor Francisco Javier Tenorio Lara, identificado con  la cédula de ciudadanía número 14652466, quien se desempeña en el cargo de  asesor en la Secretaría General de la Gobernación del Valle del Cauca, para  designar un apoderado judicial dentro del medio de control de repetición con  radicado 76-111-33-33-003-2017-00300-00, adelantada por el municipio de Guacarí  en contra del señor Harold Sanclemente, de conformidad con lo expuesto en la  parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El alcalde ad hoc designado  en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda,  en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a  través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido  del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al alcalde  titular del municipio de Guacarí, a la gobernación del Valle del Cauca y a la  Procuraduría Regional del Valle del Cauca.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de septiembre de 2021.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS  MARTÍNEZ.    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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