DECRETO 114 DE 2023
(enero 26)
D.O. 52.289, enero 26 de 2023
por el cual se hace un nombramiento y se concede una comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción en la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 6°, 51 y 62 del Decreto ley 274 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación de fecha 23 de diciembre de 2022, el Gobierno de la República de Finlandia otorgó beneplácito para la designación del señor Álvaro Sandoval Bernal, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Colombia en ese país.
Que el literal b) del artículo 39 del Decreto ley 274 de 2000, señala que cumplido por el funcionario el término correspondiente a cada lapso de alternación, la Dirección de Talento Humano o la dependencia que hiciere sus veces, coordinará las gestiones administrativas para disponer el desplazamiento del funcionario en legal forma.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Nombramiento. Nómbrese en la planta externa al señor Álvaro Sandoval Bernal, identificado con cédula de ciudadanía número 79123577, en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, Código 0036, grado 25, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Finlandia.
Parágrafo 1º. El señor Álvaro Sandoval Bernal es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera Diplomática y Consular, en la categoría de Embajador.
Artículo 2º. Comisión. Comisiónese al señor Álvaro Sandoval Bernal, identificado con cédula de ciudadanía número 79123577, para desempeñar el cargo de libre nombramiento y remoción, conforme al artículo 1º del presente decreto.
Artículo 3º. Erogaciones. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de enero de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
José Antonio Salazar Ramírez.