DECRETO 1130 DE 2021
(septiembre 21)
D.O. 51.804, septiembre 21 de 2021
por el cual se designa Viceministro de Comercio Exterior ad hoc del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
El Ministro del Interior de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales, mediante Decreto 1107 de 2021, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 908 del 13 de agosto de 2021, se nombró al doctor Andrés Cárdenas Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía número 80133909 de Bogotá en el empleo de Viceministro Código 0020, empleo del que tomó posesión mediante Acta número 100 del 17 de agosto de 2021;
Que mediante comunicaciones del veinticinco (25) de agosto y tres (3) de septiembre de 2021, el doctor Andrés Cárdenas Muñoz informó que en virtud del ejercicio profesional brindando mediante los servicios de asesoría legal y económica a título personal o a través de la firma de abogados 1493 SAS, a la Corporación Textilgrupo como gremio representativo del sector textil-confección, así como frente a los asuntos de investigación de salvaguardas y antidumping relacionados con: alambrón de acero Expediente: SA- 01-51; Tubos de Entubación (“casing”) y Tubos de Producción (“tubing”) Expediente: SA-02-69; Baldosa y revestimientos de cerámica Expediente: D-215-31-78; alambrón de hierro o acero de bajo carbono Expediente: D-215-33-82 y baldosas cerámicas Expediente: S-999-00-77, la existencia de un conflicto de intereses en el ejercicio del empleo como Viceministro de Comercio Exterior;
Que advierte el doctor Andrés Cárdenas Muñoz, que el artículo 14 del Decreto 210 de 2003 estableció como funciones del Despacho del Viceministro de Comercio Exterior, decidir los asuntos anteriormente relacionados, por lo que de acuerdo con el numeral 11 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 manifestó impedimento, pues conoció los asuntos relacionados previamente a su posesión;
Que la señora Ministra de Comercio, Industria y Turismo estudió la manifestación de impedimento formulada por Viceministro de Comercio Exterior, y en aplicación del artículo 11, numeral 11 de la Ley 1437 de 2011- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 0919 del 6 de septiembre de 2021, por medio de la cual, aceptó el impedimento y ordenó el envío de los documentos correspondientes a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para la designación de funcionario ad hoc;
Que, en consecuencia, procede designar Viceministro de Comercio Exterior ad hoc, para conocer, decidir o presentar concepto alguno en relación con la Corporación Textilgrupo como gremio representativo del sector textil-confección, así como frente a los asuntos que sean presentados por las siguientes organizaciones CAMACERO; OAO TMK (TMK); GRUPO DECOR S.A.S.; FIRENZECORP S.A.S.; INVERCERÁMICAS S.A.S.; IMPORTILES S.A.S.; SANTIAGO PLAZA S. A.; OBIPROSA COLOMBIA S.A.S.; INVESAKK S.A.S.; MATERIALES EMO S.A.S.; CÁMARA DE COMERCIO CHINA PARA IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE METALES; MINERALES Y QUÍMICOS; CENTRAL DE INVERSIONES S. A. – CISA; SHAGANG GROUP; y BEITAI IRON & STEEL GROUP CO LTD., y que deban ser objeto de decisión por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o puestas en conocimiento por este, ante el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, de conformidad con lo señalado en la Resolución número 0919 de 2021;
Que mediante el Decreto número 1107 del trece (13) de septiembre de 2021 se delegaron unas funciones legales y unas funciones constitucionales en el Ministro de Interior, doctor Daniel Andrés Palacios Martínez, como consecuencia del traslado del señor Presidente de la República al exterior entre el catorce (14) y el veinticuatro (24) de septiembre de 2021;
Que mediante el Decreto número 1107 del trece (13) de septiembre de 2021, se le confirmó la comisión de servicios a la señora Ministra de Comercio, Industria y Turismo, doctora María Ximena Lombana Villalba, entre el catorce (14) y el veinticuatro (24) de septiembre y se encargó al doctor Ricardo Galindo Bueno, Viceministro de Turismo, de las funciones del Despacho de la Ministra de Comercio, Industria y Turismo, sin desvincularse de las propias del cargo, mientras dure la comisión de servicios de la titular.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Designación de Viceministro de Comercio Exterior Ad hoc. Designar al doctor Juan Carlos Cadena Silva, identificado con cédula de ciudadanía número 79465716 de Bogotá, quien desempeña el empleo de Director Técnico, Código 0100, Grado 22 de la Dirección de Relaciones Comerciales, como Viceministro de Comercio Exterior ad hoc, para conocer, decidir o presentar concepto alguno en relación con la Corporación Textilgrupo como gremio representativo del sector textil-confección, así como frente a los asuntos que sean presentados por las siguientes organizaciones CAMACERO; OAO TMK (TMK); GRUPO DECOR S.A.S.; FIRENZECORP S.A.S.; INVERCERÁMICAS S.A.S.; IMPORTILES S.A.S.; SANTIAGO PLAZA S. A.; OBIPROSA COLOMBIA S.A.S.; INVESAKK S.A.S.; MATERIALES EMO S.A.S.; CÁMARA DE COMERCIO CHINA PARA IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE METALES; MINERALES Y QUÍMICOS; CENTRAL DE INVERSIONES S. A. – CISA; SHAGANG GROUP; y BEITAI IRON & STEEL GROUP CO LTD., y que deban ser objeto de decisión por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o puestas en conocimiento por este, ante el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior.
Artículo 2º. Comunicación. El presente Decreto deberá ser comunicado por la Secretaría General del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a los doctores Andrés Cárdenas Muñoz y Juan Carlos Cadena Silva.
Artículo 3º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2021.
DANIEL PALACIOS MARTÍNEZ
El Viceministro de Turismo, encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Comercio, Industria y Turismo,
Ricardo Galindo Bueno.