DECRETO 1120 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO 1120 DE 2023     

(julio 6)    

D.O.  52.448, julio 6 de 2023    

por el cual se da por  terminado un encargo y se hace un nombramiento.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las  que confiere el artículo 189, numeral 13, de la  Constitución Política, los artículos 2.2.5.1.1 y .2.2.5.3.1 del Decreto número  1083 de 2015, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  número 0949 del 13 de junio de 2023, se encargó a partir del 13 de junio de  2023, del empleo de Secretario General Código 0035 Grado 23 del Ministerio de  Tecnologías de la Información y las Comunicaciones al doctor Julián Ruperto  Molina Gómez identificado con cédula de ciudadanía número 80237254, quien  ejerce el empleo de Asesor Código 1020 Grado 18 del Despacho del Ministro de  esta misma Entidad.    

Que se hace necesario proveer la vacancia  del empleo de Secretario General Código 0035 Grado 23 del Ministerio de  Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Terminación del encargo. Dar  por terminado a partir de la fecha, el encargo efectuado al doctor Julián  Ruperto Molina Gómez identificado con cédula de ciudadanía número 80237254, del  empleo de Secretario General Código 0035 Grado 23 del Ministerio de Tecnologías  de la Información y las Comunicaciones.    

Artículo 2°. Nombramiento. Nombrar a partir  de la fecha con carácter ordinario a la doctora Martha Liliana González  Martínez, identificada con cédula de ciudadanía número 52665209, en el empleo  de Secretario General Código 0035 Grado 23 del Ministerio de Tecnologías de la  Información y las Comunicaciones.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar el  contenido del presente Decreto al doctor Julián Ruperto Molina Gómez  identificado con cédula de ciudadanía número 80237254 y a la doctora Martha  Liliana González Martínez, identificada con cédula de ciudadanía número  52665209.    

Artículo 4°. Vigencia. Este decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado a 6 de julio de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Tecnologías de la  Información y las Comunicaciones,    

Mauricio  Lizcano Arango.    

               

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