DECRETO 1112 DE 2023

Decretos 2023

DECRETO  1112 DE 2023    

(julio 4)    

D.O. 52.446, julio 4 de 2023    

por el cual se retira del  servicio al señor Camilo Bustamante Álvarez, Notario Tercero (3) del Círculo  Notarial de Tuluá-Valle del Cauca, por haber alcanzado la edad de retiro  forzoso.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las que le confieren los artículos 181 y 182 inciso 2 del Decreto Ley 960 de  1970, 5 del Decreto 2163 de 1970,  1 de la Ley 1821 de 2016, corregido  por el artículo 1º del Decreto 321 de 2017,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el inciso segundo del  artículo 182 del Decreto Ley 960 de  1970 “Por el cual se expide el estatuto del Notario”, dispone que el  retiro del Notario “se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio  Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la  ocurrencia de la causa”.    

Que, a su vez, el artículo 1º  de la Ley 1821 de 2016, “Por  medio de la cual se modifica la edad máxima para el retiro forzoso de las  personas que desempeñan funciones públicas”, corregido por el artículo 1º  del Decreto número  321 de 2017, establece que “…la edad máxima para el retiro del cargo  de las personas que desempeñan funciones públicas será de setenta (70) años.  Una vez cumplidos, se causará el retiro inmediato del cargo que desempeñen sin  que puedan ser reintegradas bajo ninguna circunstancia”.    

Que el artículo 2.2.6.1.5.3.12  del Decreto número  1069 de 2015 señala que, “son causales de retiro forzoso la edad o la  incapacidad física o mental permanente”.    

Que el Gobierno nacional  mediante el Decreto  número 1262 de 15 de abril de 2009, designó al señor Camilo Bustamante  Álvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 16250685 de Palmira,  en el cargo de Notario Tercero (3) del Círculo Notarial de Tuluá-Valle del  Cauca, en propiedad.    

Que el 9 de abril de 2023, el  señor Camilo Bustamante Álvarez cumplió 70 años de edad, de acuerdo con la  información consignada en el Registro Civil de Nacimiento, Libro 97 folio 52,  copia que reposa en la hoja de vida del archivo de la Superintendencia de  Notariado y Registro.    

Que en este orden, se procede a  retirar del servicio al señor Camilo Bustamante Álvarez, quien se encuentra  desempeñando el cargo de Notario Tercero (3) del Círculo Notarial de  Tuluá-Valle del Cauca, en propiedad, por cumplimiento de la edad de retiro  forzoso.    

Que de conformidad con lo  establecido en el artículo 150 del Decreto Ley 960 de  1970, el señor Camilo Bustamante Álvarez no podrá separarse del desempeño  de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de ellas quien deba  remplazarlo.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Retiro del  servicio del Notario Tercero (3) del Círculo Notarial de Tuluá-Valle del Cauca.  Retírese del servicio, a partir de la fecha, al señor Camilo Bustamante  Álvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 16250685 de Palmira,  quien se encuentra desempeñando el cargo de Notario Tercero (3) del Círculo  Notarial de Tuluá-Valle del Cauca, en propiedad, por cumplimiento de la edad de  retiro forzoso.    

Parágrafo. El señor Camilo Bustamante Álvarez, no podrá  separarse del desempeño de sus funciones mientras no se haya hecho cargo de  ellas quien deba remplazarlo.    

Artículo 2º. Comunicación.  Comunicar el contenido del presente decreto a través de la Dirección Jurídica  del Ministerio de Justicia y del Derecho.    

Artículo 3º. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 4 de  julio de 2023.    

GUSTAVO PETRO URREGO.    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Néstor Iván Osuna Patiño.    

               

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