DECRETO 1107 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1107 DE 2020     

(agosto  10)    

D.O.  51.402, agosto 10 de 2020    

por  el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2020 y se efectúa la correspondiente liquidación.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67  del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el  artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto, la facultad de regular lo  concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del  Presupuesto General de la Nación.    

Que el  Congreso de la República, de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política,  expidió la Ley  2008 del 27 de diciembre de 2019, “Por la cual se decreta el Presupuesto de  Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del  1° de enero al 31 de diciembre de 2020”, la cual se liquidó mediante el Decreto  2411 del 30 de diciembre de 2019.    

Que el  Gobierno de la República de Colombia, a través de la Cancillería y la Comisión  Europea en nombre de la Unión Europea, suscribieron el 24 de julio de 2015 el  Convenio de Financiación número DCI-ALA/2015/38-166 “Contrato de reforma  Sectorial para el Desarrollo Local Sostenible en Colombia”, con el objetivo de  contribuir a la superación de las desventajas sociales y económicas de las  regiones marginadas y afectadas por el conflicto de Colombia, como un medio  para alcanzar un país equitativo y una paz duradera por valor de 21.500.000  Euros. El programa apoyará la implementación de la política de “Crecimiento  Verde”.    

Que el  7 de mayo de 2020 se suscribió el Addendum número 1  al convenio de financiación con una contribución máxima de la UE de 29.800.000  Euros para las dos fases de ejecución.    

Que de  conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de  la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter  no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General  de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante  Decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedida por el órgano  receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los  convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la  vigilancia de la Contraloría General de la República.    

Que el  artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para  dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, el cual  se acompañará de un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal.    

Que el  Departamento Nacional de Planeación, mediante oficios 20204320001616 y  20204320001606 del 21 de mayo de 2020, suscritos por el Director de Inversiones  y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición por  $11.837.620.000 al presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de  Ambiente y Desarrollo Sostenible – Gestión General, y por $11.000.000.000 al  presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo  Sostenible – Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales  Naturales de Colombia, respectivamente.    

Que el  Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante oficio número  8130-2-00218 del 26 de mayo de 2020, solicitó adelantar los trámites de adición  de recursos por donación para la incorporación de VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS  TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL PESOS MONEDA LEGAL ($22.837.620.000),  en los presupuestos de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo  Sostenible y de Parques Nacionales Naturales de Colombia, provenientes del  Convenio de Financiación número DCI-ALA/2015/38-166 “Contrato de Reforma  Sectorial para el Desarrollo Local Sostenible”.    

Que el  Subdirector Administrativo y Financiero y las Coordinadoras de los Grupos de  Presupuesto y Tesorería del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  certificaron que el saldo a diciembre 31 de 2019 es de: treinta y tres mil setecientos  cuarenta y un millones ochenta y cinco mil seiscientos trece pesos con treinta  y tres centavos moneda legal ($33.741.085.613,33) depositados en la cuenta  número 61020004 del Banco de la República denominada DTN-DONACION-  DCI-ALA/2015/38-166 -CONT. REF. SECTO. DESAR. LOC. SOST. MINAMBIENTE “Contrato  de Reforma Sectorial para el Desarrollo Sostenible en Colombia”  correspondientes al convenio de financiación número DCI ALA/2015/38-166 entre  la Unión Europea y la República de Colombia, de carácter no reembolsable, de  los cuales en moneda nacional existen disponibles para incorporar, veintidós  mil ochocientos treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos moneda  legal ($22.837.620.000).    

Que en  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciones  al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas  y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia  fiscal de 2020, en la suma de veintidós mil ochocientos treinta y siete  millones seiscientos veinte mil pesos moneda legal ($22.837.620.000), según el  siguiente detalle:    

         

Artículo 2°. Adiciones al Presupuesto de Gastos o Ley de  Apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del  Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020, en la suma de  veintidós mil ochocientos treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos  moneda legal ($22.837.620.000), según el siguiente detalle:    

         

Artículo 3°. Liquidación  de la Adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónese el  Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la  Nación de la vigencia fiscal 2020, en la suma de veintidós mil ochocientos  treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos moneda legal  ($22.837.620.000), según el siguiente detalle:    

         

Artículo 4°. Liquidación  de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónese el  Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la  Nación de la vigencia fiscal de 2020, en la suma de veintidós mil ochocientos  treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos moneda legal  ($22.837.620.000), según el siguiente detalle:    

         

Artículo  5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del  gasto.    

Artículo  6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera    

                   

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