DECRETO 110 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 110 DE 2020     

(enero 28)    

D.O. 51.210, enero 28 de 2020    

por el  cual se hace un traslado a la planta externa del Ministerio de Relaciones  Exteriores.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  el parágrafo segundo del artículo 39, literal c) del artículo 37, los artículos  40 y 62 del Decreto Ley 274 de  2000,    

CONSIDERANDO:    

Que, el parágrafo segundo del  artículo 39 del Decreto Ley 274 de  2000, señala que cuando para aplicar la alternación se designare el  funcionario en un cargo correspondiente a la categoría en la cual estuviere  escalafonado o su equivalente en planta interna, se realizará un traslado. En  los demás casos la designación tendrá lugar mediante comisión para situaciones  especiales;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Traslado. Trasládase a la planta  externa al señor Guillermo José Ramírez Pérez, identificado con cédula de  ciudadanía número 72220624, al cargo de Primer Secretario de Relaciones  Exteriores, Código 2112, Grado 19, de la planta global del Ministerio de  Relaciones Exteriores, adscrito a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de  Japón.    

Parágrafo 1°. El señor Guillermo  José Ramírez Pérez, es funcionario inscrito en el escalafón de la Carrera  Diplomática y Consular, en la categoría de Primer Secretario.    

Parágrafo 2°. Asignación. El señor Guillermo José  Ramírez Pérez ejercerá las funciones de Encargado de Funciones Consulares en la  Embajada de Colombia ante el Gobierno de Japón.    

Artículo 2°. Erogaciones. Las erogaciones que  ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los  presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.    

Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá a la  Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de  enero de 2020.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

Claudia  Blum.    

               

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