DECRETO 1098 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1098 DE 2021     

(septiembre 13)    

D.O. 51.796, septiembre 13 de  2021    

por el cual se designa alcalde  ad hoc del municipio de Toledo, departamento de Norte del Santander.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante oficio de 22 de  abril de 2021, el señor Víctor Armando Gamboa Velasco, alcalde del municipio de  Toledo, departamento de Norte de Santander, manifestó ante la Procuraduría  Regional de Norte de Santander, su impedimento para “actuar en el trámite de  Bono pensional Tipo A presentado por la administradora de Pensiones y Cesantías  Protección en relación con el señor Julio Eduardo Velasco Gelves (q. e. p. d.)  quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5525262 expedida en  Toledo”, invocando la causal de impedimento prevista en el numeral 1º  del artículo 11 de la Ley 1437 del 2011.    

Que mediante auto de 28 de mayo  de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS E-2021-252288, el  Procurador Regional de Norte de Santander, aceptó el impedimento manifestado  por el señor Víctor Armando Gamboa Velasco, alcalde del municipio de Toledo,  Norte de Santander, para resolver la solicitud incoada por parte del Equipo de  Gestión de Cobro de Protección S.A. ante el mencionado ente territorial,  relativa al reconocimiento y pago de bono pensional y el correspondiente  registro ante la oficina de bonos pensionales, con ocasión al fallecimiento del  señor Julio Eduardo Velasco Gelves, encontrando configurada la causal de  impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un  funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto  emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número  20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…  ) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un  empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario  de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso,  se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual  se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el  Ministerio del Interior bajo la PQRSD-071918 de 3 de septiembre de 2021, el  gobernador del departamento de Norte de Santander remitió la hoja de vida del  doctor Víctor Oliverio Peña Maldonado, funcionario vinculado al mismo ente  territorial, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de  Toledo, Norte de Santander.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que, con el fin de dar  cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se  procederá a designar al alcalde ad hoc del municipio de Toledo, Norte de  Santander.    

Que de conformidad con el  artículo 66 de la Ley 4 de 1913,  corresponde al presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación  alcalde ad hoc de Toledo. Designar como alcalde ad hoc del municipio de Toledo,  departamento de Norte de Santander, al doctor Víctor Oliverio Peña Maldonado,  identificado con la cédula de ciudadanía número 13478276, quien se desempeña en  el cargo de secretario de despacho código 020, grado 14 de la Secretaría de  Planeación y Desarrollo Territorial del despacho del gobernador de Norte de  Santander, para resolver la solicitud incoada por parte del Equipo de Gestión  de Cobro de Protección S.A. ante el mencionado ente territorial, relativa al  reconocimiento y pago de bono pensional y el correspondiente registro ante la  oficina de bonos pensionales, con ocasión al fallecimiento del señor Julio  Eduardo Velasco Gelves, de conformidad con la parte motiva del presente  decreto.    

Artículo 2°. Posesión. El  alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la  instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación.  Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior,  el contenido del presente decreto al alcalde ad hoc designado en este acto, al  alcalde titular del municipio de Toledo, a la gobernación de Norte de Santander  y a la Procuraduría Regional de Norte de Santander.    

Artículo 4°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de  septiembre de 2021.    

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios  Martínez.    

               

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