DECRETO 1093 DE 2020
(agosto 3)
D.O. 51.395, agosto 3 de 2020
por el cual se acepta una renuncia.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el Decreto número 648 de 2017 y el artículo 31 de los estatutos sociales de Metro Cali S.A.,
CONSIDERANDO:
Que la sociedad Metro Cali S.A., se constituyó mediante Escritura Pública número 0580 del 25 de febrero de 1999 de la Notaría Novena del Círculo de Cali como sociedad por acciones donde constan los estatutos sociales, modificados mediante Escritura Pública número 0716 del 18 de marzo de 2005 de la Notaría Dieciocho del Círculo de Cali.
Que el artículo 31 de los estatutos sociales de la sociedad Metro Cali S.A., dispone que la Junta Directiva estará integrada, entre otros, por tres (3) miembros con sus respectivos suplentes designados por el Presidente de la República.
Que conforme a lo anterior, mediante Decreto número 1446 del 2 de julio de 2015 fue designado el doctor Ernesto de Lima Bohmer, identificado con cédula de ciudadanía número 16820469, como representante suplente del Presidente de la República en la Junta Directiva de Metro Cali S.A.
Que mediante oficio de fecha 9 de julio de 2020, radicado en el Ministerio de Transporte con número 20203030656062 el 25 de julio de 2020, el doctor Ernesto de Lima Bohmer, presentó renuncia a la designación como representante suplente del Presidente de la República en la Junta Directiva de Metro Cali S.A.
Que por lo anterior, se hace necesario aceptar la renuncia presentada.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar la renuncia presentada por el doctor Ernesto de Lima Bohmer, identificado con cédula de ciudadanía número 16820469, como representante suplente del Presidente de la República en la Junta Directiva de Metro Cali S.A.
Artículo 2°. El presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento Humano del Ministerio de Transporte al doctor Ernesto de Lima Bohmer.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y deroga el Decreto número 1446 del 2 de julio de 2015.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C. a, 3 de agosto de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Transporte,
Ángela María Orozco Gómez.