DECRETO 1093 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1093 DE 2020     

(agosto  3)    

D.O. 51.395, agosto  3 de 2020    

por  el cual se acepta una renuncia.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones  constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del  artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia, el artículo 2.2.11.1.3 del Decreto número  1083 de 2015 modificado por el Decreto número  648 de 2017 y el artículo 31 de los estatutos sociales de Metro Cali S.A.,    

CONSIDERANDO:    

Que la  sociedad Metro Cali S.A., se constituyó mediante Escritura Pública número 0580  del 25 de febrero de 1999 de la Notaría Novena del Círculo de Cali como  sociedad por acciones donde constan los estatutos sociales, modificados  mediante Escritura Pública número 0716 del 18 de marzo de 2005 de la Notaría  Dieciocho del Círculo de Cali.    

Que el  artículo 31 de los estatutos sociales de la sociedad Metro Cali S.A., dispone  que la Junta Directiva estará integrada, entre otros, por tres (3) miembros con  sus respectivos suplentes designados por el Presidente  de la República.    

Que conforme  a lo anterior, mediante Decreto  número 1446 del 2 de julio de 2015 fue designado el doctor Ernesto de Lima Bohmer, identificado con cédula de ciudadanía número  16820469, como representante suplente del Presidente de la República en la  Junta Directiva de Metro Cali S.A.    

Que  mediante oficio de fecha 9 de julio de 2020, radicado en el Ministerio de  Transporte con número 20203030656062 el 25 de julio de 2020, el doctor Ernesto  de Lima Bohmer, presentó renuncia a la designación  como representante suplente del Presidente de la  República en la Junta Directiva de Metro Cali S.A.    

Que  por lo anterior, se hace necesario aceptar la renuncia presentada.    

En mérito  de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar  la renuncia presentada por el doctor Ernesto de Lima Bohmer,  identificado con cédula de ciudadanía número 16820469, como representante  suplente del Presidente de la República en la Junta  Directiva de Metro Cali S.A.    

Artículo  2°. El presente decreto deberá ser comunicado por la Subdirección del Talento  Humano del Ministerio de Transporte al doctor Ernesto de Lima Bohmer.    

Artículo  3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y deroga el Decreto  número 1446 del 2 de julio de 2015.    

Comuníquese  y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C. a, 3 de agosto de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

La  Ministra de Transporte,    

Ángela María Orozco  Gómez.    

               

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