DECRETO 1070 DE 2021
(septiembre 9)
D.O. 51.792, septiembre 9 de 2021
por el cual se designa Alcalde ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio TRD.100.9.01-260 de 30 de octubre de 2020, el señor Édgar Fernando Amézquita Herrera, Alcalde del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta, manifestó ante la Procuraduría Regional del Meta, su impedimento para atender toda actuación y competencia respecto de i) el Proyecto de Inversión BPIN 2019501500028 “Construcción obras de protección en las márgenes del río Guamal en el sector La Playita del municipio de Castilla La Nueva, Meta”; ii) el Contrato de Obra OC-276 de 2019, cuyo objeto es “Construcción de obras de protección en las márgenes del río Guamal en el sector La Playita del municipio de Castilla La Nueva, Meta” y; iii) el Contrato de Interventoría OC-001- 2020, cuyo objeto es “Interventoría técnica, legal, administrativa, financiera y ambiental para la construcción de obras de protección en las márgenes del río Guamal en el sector La Playita del municipio de Castilla La Nueva, Meta”; comoquiera que las obras referidas incluyen la construcción de un espolón aledaño al predio identificado con cédula catastral número 5015000020000000100880000000000 y matrícula inmobiliaria 232-34978, el cual es propiedad de su cónyuge Luz Marina Moreno Escamilla; razón por la cual, invocó las causales de impedimento previstas en los numerales 1 y 2 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante auto de 5 de febrero de 2021, proferido dentro del proceso con radicación D-2020-11657872, el Procurador Regional del Meta, aceptó el impedimento manifestado por el señor Édgar Fernando Amézquita Herrera, Alcalde municipal de Castilla La Nueva, Meta, para que “atienda toda actuación y competencia que pueda generarse en la ejecución y liquidación del proyecto de inversión BPIN 2019501500028, Contrato de obra OC-276-2019 y Contrato de interventoría OC-001-2020” y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc .
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) Será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante correo electrónico de 25 de agosto de 2021, la doctora Nelsi Orrego Restrepo, Gerente de Talento Humano de la Gobernación del Meta, bajo la directriz del señor gobernador, remitió la hoja de vida del señor Wilson López Bogotá, para ser designado como Alcalde ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, Meta.
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al Alcalde ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, Meta.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación Alcalde ad hoc de Castilla La Nueva. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Castilla La Nueva, departamento del Meta, al doctor Wilson López Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número 17332525 quien se desempeña en el cargo de Director Técnico Código 009, Grado 03, ubicado en la Dirección para la Gestión del Riesgo de Desastres, adscrito a la planta de personal de la Gobernación del Meta, para que atienda toda actuación y competencia que pueda generarse en la ejecución y liquidación del Proyecto de Inversión BPIN 2019501500028, Contrato de Obra OC-276-2019 y Contrato de Interventoría OC-001-2020, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc designado en este acto, al Alcalde titular del municipio de Castilla La Nueva, a la Gobernación del Meta y a la Procuraduría Regional del Meta.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase,
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.