DECRETO 1053 DE 2021
(septiembre 7)
D.O. 51.790, septiembre 7 de 2021
por el cual se designa Alcalde ad hoc del municipio de Arboledas, departamento de Norte de Santander.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que mediante oficio de 24 de mayo de 2021, el señor Wílmer José Dallos Ardila, Alcalde del municipio de Arboledas, departamento de Norte de Santander, manifestó su impedimento ante la Procuraduría Regional de Norte de Santander, para actuar “en el trámite de derecho de petición radicado en la alcaldía municipal en fecha 16 de abril de 2021, por los señores Jesús Abilio Cárdenas Romero y José Rondón identificados con las cedulas de ciudadanía números 5410569 y 13411126, respectivamente”, comoquiera que la referida petición en uno de sus apartes está relacionada con el señor Giovany Dallos Ardila, quien es hermano del mandatario, razón por la cual, invocó la causal establecida en el numeral 1º del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.
Que mediante auto de 30 de junio 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUSE-2021-277968, el Procurador Regional de Norte de Santander, aceptó el impedimento manifestado por el señor Wílmer José Dallos Ardila, Alcalde municipal de Arboledas, Norte de Santander, para “conocer del derecho de petición propuesto por los señores Jesús Abilio Cárdenas Romero y José Rondón”, encontrando configurada la causal de impedimento invocada y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.
Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter transitorio (…)”, mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo la PQRSD-066219 de 17 de agosto de 2021, el Gobernador del departamento de Norte de Santander, remitió la hoja de vida del señor Víctor Oliverio Peña Maldonado, funcionario vinculado al mismo ente territorial, para ser designado como Alcalde ad hoc del municipio de Arboledas, Norte de Santander.
Que el artículo 209 de la Constitución Política expone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo 3°.
Que, con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar al Alcalde ad hoc del municipio de Arboledas, Norte de Santander.
Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014, a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).
Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación Alcalde ad hoc de Arboledas. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de Arboledas, departamento de Norte de Santander, al señor Víctor Oliverio Peña Maldonado, identificado con la cédula de ciudadanía número 13478276, quien se desempeña en el cargo de secretario de despacho, Código 020, Grado 14, ubicado en la Secretaría de Planeación y Desarrollo Territorial de la Gobernación de Norte de Santander, para conocer del trámite del derecho de petición radicado en el citado ente territorial el 16 de abril de 2021, por los señores Jesús Abilio Cárdenas Romero y José Rondón identificados con las cédulas de ciudadanía número 5410569 y 13411126, respectivamente, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.
Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al Alcalde ad hoc designado en este acto, al Alcalde titular del municipio de Arboledas, a la gobernación de Norte de Santander y a la Procuraduría Regional de Norte de Santander.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de septiembre de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.