DECRETO 1052 DE 2023
(junio 28)
D.O. 52.440, junio 28 de 2023
por el cual se asignan tres vacantes del sector social en el Consejo Nacional de Planeación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 340 de la Constitución Política, los artículos 10 y 11 de la Ley 152 de 1994 y el artículo 2.2.11.1.7. del Decreto número 1082 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 340 de la Constitución Política establece que habrá un Consejo Nacional de Planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales, el cual tendrá carácter consultivo y servirá de foro para la discusión del Plan Nacional de Desarrollo.
Que la mencionada disposición, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 152 de 1994 “Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan Nacional de Desarrollo”, señala que los miembros del Consejo Nacional de Planeación serán designados por el Presidente de la República de listas que le presenten las autoridades y las organizaciones de las entidades y sectores antes referidos, quienes deberán estar o haber estado vinculados a las actividades del respectivo sector o territorio; así mismo, dispone que su periodo será de ocho años y la mitad de sus miembros será renovada cada cuatro años.
Que mediante Decreto número 2100 de 2018 se designó a Luis Alejandro Jiménez Castellanos, identificado con cédula de ciudadanía número 4233908, como representante del sector social en el Consejo Nacional de Planeación, para el periodo 2018-2026, producto de la convocatoria realizada por el Departamento Nacional de Planeación mediante Resolución número 2464 de 2018.
Que mediante Decreto número 2181 de 2022 se designó a Miguel Ricardo Dávila Ladrón de Guevara, identificado con cédula de ciudadanía número 19054219 y a Fernando Sarmiento Santander, identificado con cédula de ciudadanía número 5625843, como representantes del sector social en el Consejo Nacional de Planeación, para el periodo 2022-2030, producto de la convocatoria realizada por el Departamento Nacional de Planeación mediante Resolución número 2282 de 2022.
Que mediante comunicación del 14 de noviembre de 2022, el Presidente Ejecutivo de la Confederación de Cooperativas de Colombia (Confecoop), comunicó la renuncia de Miguel Ricardo Dávila Ladrón de Guevara a la designación como miembro del Consejo Nacional de Planeación.
Que mediante comunicación del 29 de enero de 2023, Fernando Sarmiento Santander renunció a su designación como miembro del Consejo Nacional de Planeación.
Que mediante comunicación del 3 de marzo de 2023, Luis Alejandro Jiménez Castellanos ratificó su renuncia al Consejo Nacional de Planeación.
Que de acuerdo con el numeral 2 del artículo 17 del Reglamento Interno del Consejo Nacional de Planeación, la renuncia como Consejero(a) es causal de ausencia absoluta. En tal caso, procede cubrir las vacantes generadas.
Que la Subdirección de Gobierno, Derechos Humanos y Paz del Departamento Nacional de Planeación, verificó el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de las personas que se designarán mediante el presente decreto, las cuales hacen parte de las ternas presentadas en las mencionadas convocatorias de 2018 y 2022.
Que en vista de lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo previsto por el artículo 2.2.11.1.7. del Decreto número 1082 de 2015, se efectuará la designación de nuevos miembros del Consejo Nacional de Planeación, precisando que dicha designación estará vigente solo hasta la culminación del periodo para el cual fueron designados los respectivos miembros que reemplazan.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación de reemplazo en el sector social del Consejo Nacional de Planeación. Desígnese, para culminar el periodo comprendido entre 2018 y 2026, como reemplazo de un miembro del sector social del Consejo Nacional de Planeación, a la persona que se anuncia a continuación:
• Sonia María Fontalvo Rudas, identificada con cédula de ciudadanía número 22456222, en reemplazo de Luis Alejandro Jiménez Castellanos, identificado con cédula de ciudadanía número 4233908.
Artículo 2°. Designación de reemplazos en el sector social del Consejo Nacional de Planeación. Desígnese, para el periodo comprendido entre 2022 y 2030, como reemplazos de dos miembros del sector social del Consejo Nacional de Planeación, a las personas que se enuncian a continuación:
1. Por el sector social:
• Miguel Arturo Fajardo Rojas, identificado con cédula de ciudadanía número 6186583, en reemplazo de Miguel Ricardo Dávila Ladrón de Guevara, identificado con cédula de ciudadanía número 19054219.
• Estella Patricia Alba Gil, identificada con cédula de ciudadanía número 64573096 en reemplazo de Fernando Sarmiento Santander, identificado con cédula de ciudadanía número 5625843.
Artículo 3°. La duración de esta designación se sujetará a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 152 de 1994.
Artículo 4°. Comunicación. La Dirección de Gobierno, Derechos Humanos y Paz del Departamento Nacional de Planeación deberá comunicar a los nuevos Consejeros Nacionales de Planeación el contenido del presente decreto.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Director General del Departamento Nacional de Planeación,
Jorge Iván González Borrero.