DECRETO 1051 DE 2023
(junio 28)
D.O. 52.440 junio 28 de 2023
por el cual se hace una designación en provisionalidad en un cargo de Carrera Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales contempladas en el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 60, 61 y 62 del Decreto ley 274 de 2000 y el artículo 2.2.2.7.3 del Decreto número 1083 de 2015,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 60 del Decreto ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”, establece que, en virtud del principio de especialidad, podrán designarse en cargos de Carrera Diplomática y Consular, a personas que no pertenezcan a ella, cuando por aplicación de la ley vigente sobre la materia no sea posible designar funcionarios de Carrera Diplomática y Consular para proveer dichos cargos.
Que de acuerdo con la Certificación I-GCDA-23-004316 del 17 de mayo del 2023 expedida por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Carreras Diplomática y Administrativa, revisado el registro de los lapsos de alternación para el primer semestre del año en curso, para la categoría de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, se constató que a los funcionarios en dicha categoría se les está adelantando el proceso de alternación para el primer semestre del año 2023, de acuerdo con lo establecido en los artículos 36, 37 y 39 del Decreto Ley 274 de 2000.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Designación. Designar en provisionalidad a la señora Vilma Rocío Velásquez Uribe, identificada con cédula de ciudadanía número 51753069 en el cargo de Primer Secretario de Relaciones Exteriores, Código 2112, Grado 19, de la planta global del Ministerio de Relaciones Exteriores, adscrito al Consulado de Colombia en Puerto Príncipe, República de Haití.
Artículo 2°. Funciones Consulares. La señora Vilma Rocío Velásquez Uribe, ejercerá las funciones de Cónsul de Colombia en Puerto Príncipe, República de Haití y se desempeñará como Jefe de la Oficina Consular mencionada.
Artículo 3°. Circunscripción Jurisdicción y Sede. La Oficina Consular de Colombia en Haití, tendrá su sede en la ciudad de Puerto Príncipe y su Jurisdicción se circunscribe al territorio de la República de Haití.
Artículo 4º. Comunicación. Corresponderá a la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 5º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de junio de 2023.
GUSTAVO PETRO URREGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Álvaro Leyva Durán.