DECRETO 1043 DE 2020
(julio 16)
D.O. 51.377, julio 16 de 2020
por el cual se suprimen dos Consulados Honorarios.
Nota: Corregido por el Decreto 1214 de 2020.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales;
Que mediante el Decreto 2097 del 28 de julio de 2003 se creó el Consulado Honorario de Colombia en Vancouver, Canadá, con circunscripción en la provincia de Columbia Británica;
Que mediante el Decreto 2156 de 24 de junio de 2005 se nombró como Cónsul Honorario a la señora Rosa Echeverri Marshall, y mediante el Decreto 1797 del 28 de agosto de 2012 se aceptó la renuncia presentada por la señora Echeverri Marshall al cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Vancouver, Canadá;
Que el Consulado Honorario de Colombia en Vancouver se encuentra vacante desde el 28 de agosto de 2012;
Que mediante el Decreto 1558 del 29 de agosto de 1996 se creó el Consulado Honorario de Colombia en Calgary, Canadá, con circunscripción en la ciudad de Calgary y se nombró a la señora Lois E. Mitchell como Cónsul Honoraria de Colombia en Calgary;
Que mediante el Decreto 124 del 18 de enero de 2008 se aceptó la renuncia de la señora Mitchell al cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Calgary, Canadá;
Que el Consulado Honorario de Colombia en Calgary se encuentra vacante desde el 18 de enero de 2018;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano debe estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, con la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si procede la continuación de la respectiva Oficina;
Que el Embajador de Colombia ante Canadá y los Cónsules de carrera de Colombia en Calgary y Vancouver consideran innecesarios los Consulados Honorarios en las ciudades de Vancouver y Calgary, toda vez que en ambos lugares ya existen Consulados Generales de carrera que comprenden las circunscripciones de los Consulados Honorarios;
Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente el cierre de los dos Consulados Honorarios, al tiempo de vacancia, y en consideración a las mismas razones expuestas por la Embajada de Colombia ante Canadá y los Consulados de carrera en Calgary y Vancouver;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Corregido por el Decreto 1214 de 2020, artículo 1º. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Vancouver, Canadá.
Texto inicial del artículo 1º: “Suprimir el Consulado de Colombia en Vancouver, Canadá.”.
Artículo 2°. Corregido por el Decreto 1214 de 2020, artículo 2º. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Calgary, Canadá.
Texto inicial del artículo 2º: “Suprimir el Consulado de Colombia en Calgary, Canadá.”.
Artículo 3°. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de julio de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.