DECRETO 104 DE 2021
(enero 28)
D.O. 51.571, enero 28 de2 021
por el cual se autoriza a los doctores Julio César Novoa Fontalvo, Delegado Departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil del Atlántico y Jorge Alberto Cardona Montoya, Delegado Departamental de la Registraduría Nacional del Estado Civil de Bolívar, para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante comunicación del 15 de enero de 2021, el doctor Benjamín Ortiz Torres, Secretario General de la Registraduría Nacional del Estado Civil, solicitó autorización para que los doctores Julio César Novoa Fontalvo, identificado con cédula de ciudadanía número 72196962, delegado Departamental del Atlántico y Jorge Alberto Cardona Montoya, identificado con cédula de ciudadanía número 79472083, Delegado Departamental de Bolívar, ambos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, acepten del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador, el pago de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos, en virtud de su participación en el Programa de Observación Electoral de las Elecciones Generales de la República del Ecuador, que se llevarán a cabo el 7 de febrero de 2021, en la República del Ecuador, precisando que el Programa se desarrollará en ese país del 3 al 9 de febrero de 2021;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos sin previa autorización del Gobierno”, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002 y en el numeral 18 del artículo 189 de la Constitución Política;
Que mediante el Decreto 1338 de 2015, “Por el cual se delegan unas funciones en los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos”, el Presidente de la República se reservó la competencia para autorizar a los funcionarios de la Registraduría Nacional del Estado Civil a aceptar invitaciones de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 10;
Que, conforme a lo expuesto, se considera viable autorizar a los doctores Julio César Novoa Fontalvo y Jorge Alberto Cardona Montoya, para aceptar la invitación aludida;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorización. Autorizar a los doctores Julio César Novoa Fontalvo, identificado con cédula de ciudadanía número 72196962, Delegado Departamental del Atlántico y Jorge Alberto Cardona Montoya, identificado con cédula de ciudadanía número 79472083, Delegado Departamental de Bolívar, ambos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que acepten del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador, el pago de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos, con ocasión de su participación en el Programa de Observación Electoral de las Elecciones Generales de la República del Ecuador, que se llevarán a cabo el 7 de febrero de 2021, en la República del Ecuador, precisando que el programa se desarrollará en ese país del 3 al 9 de febrero de 2021.
Artículo 2°. Vigencia. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de enero de 2021.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
El Ministro del Interior,
Daniel Andrés Palacios Martínez.