DECRETO 1034 DE 2020

Decretos 2020

DECRETO 1034 DE 2020     

(julio  16)    

D.O.  51.377, julio 16 de 2020    

por  el cual se declara una cesación de funciones en el servicio exterior y se  suprime un Consulado Honorario.    

El Presidente  de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y  legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015,  y    

CONSIDERANDO:    

Que de  conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones  internacionales;    

Que  mediante el Decreto  1329 del 18 de junio de 2015, se designó a la señora Nina Consuegra Donado  como Cónsul Honoraria de Colombia en Arica, República de Chile, con  circunscripción en la Región de Arica y Parinacota, por un periodo de cuatro  (4) años;    

Que de  conformidad con el literal d del artículo 2:2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015,  los Cónsules Honorarios cesarán en sus funciones por expiración del término  para el que fue designado si no se solicita su renovación. Es responsabilidad  del respectivo Embajador informar con dos (2) meses de anticipación al  vencimiento del período para el cual ha sido nombrado el Cónsul Honorario, si  existe interés o no en mantenerlo en su cargo, con el fin de tramitar el  decreto correspondiente. En caso de que el Jefe de Misión Diplomática  responsable de informar sobre el vencimiento del término para el cual fue  nombrado el Cónsul Honorario no haga ninguna manifestación al respecto, se  entenderá que no existe interés en su continuación y se producirá el acto  administrativo correspondiente;    

Que  mediante correo electrónico de fecha 10 de enero de 2020, la Embajada de  Colombia, ante la República de Chile indicó que se abstendría de solicitar la  renovación del periodo inicial de la señora Nina Consuegra Donado como Cónsul  Honoraria de Colombia en Arica, República de Chile;    

Que de  acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4, la Dirección de Asuntos  Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de  continuar con la Oficina Consular Honoraria, donde deberá tenerse en cuenta la  existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir el cargo  del Cónsul Honorario, y cumplan con los requerimientos de que trata este  capítulo;    

Que la  Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano, al no  verificar existencia de candidatos que se encuentren en disposición para asumir  el cargo del Cónsul Honorario encuentra pertinente la supresión de la Oficina  Consular Honoraria por no haber candidatos a ocupar dicho cargo;    

En  mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Declarar la cesación de funciones de la señora Nina Consuegra Donado  como Cónsul Honoraria de Colombia en Arica, República de Chile con  circunscripción en la Región de Arica y Parinacota.    

Artículo  2º. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Arica, República de  Chile con circunscripción en las Regiones de Arica y Parinacota.    

Artículo  3°. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la  comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.    

Artículo  4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 16 de julio de 2020.    

IVÁN  DUQUE MÁRQUEZ    

La  Ministra de Relaciones Exteriores,    

Claudia  Blum.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *