DECRETO 1031 DE 2020
(julio 16)
D.O. 51.377, julio 16 de 2020
por el cual se suprime un Consulado Honorario.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales;
Que mediante el Decreto 2877 del 31 de julio de 2007 se nombró como Cónsul Honorario de Colombia en Dublín, República de Irlanda, al señor Juan Pablo Gutiérrez Camargo;
Que mediante el Decreto 0583 del 2 de abril de 2018 se aceptó la renuncia del señor Juan Pablo Gutiérrez Camargo como Cónsul Honorario de Colombia en Dublín, República de Irlanda, y se declaró la cesación de funciones;
Que mediante correo electrónico del 18 de mayo de 2020, la Embajada de Colombia ante la República de Irlanda, solicitó la supresión del Consulado Honorario de Colombia en Dublín, República de Irlanda, porque desde enero de 2019 se cuenta con una Oficina Consular de Carrera en Dublín, República de Irlanda;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores debe estudiar la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, con la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si procede la continuación de la respectiva oficina;
Que la Dirección de Asuntos Consulares, Migratorios y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores encuentra pertinente la supresión del Consulado Honorario de Colombia en Dublín, República de Irlanda, debido a que lleva más de dos años vacante y por las mismas razones expuestas por la Embajada de Colombia ante la República de Irlanda;
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Dublín, República de Irlanda.
Artículo 2°. Comunicación. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de julio de 2020.
IVÁN DUQUE MÁRQUEZ
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Claudia Blum.