DECRETO 1005 DE 2021

Decretos 2021

DECRETO 1005 DE 2021     

(agosto 26)    

D.O. 51.778, agosto 26 de  2021    

por el cual se designa alcaldesa ad hoc del  municipio de La Calera, departamento de Cundinamarca.    

El Ministro del Interior de la República de Colombia,  Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto  número 954 de 20 de agosto de 2021, en ejercicio de sus atribuciones  constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política,  en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante escrito dirigido a la Procuraduría Provincial de  Facatativá y al Registrador Municipal de La Calera, a su vez trasladado por  este último a la Procuraduría Provincial de Girardot a través de oficio 026 de  21 de abril de 2021 y, luego, a la Procuraduría Regional de Cundinamarca bajo  el oficio 036 de 27 de mayo del mismo año, el señor Carlos Cenén  Escobar Rioja, alcalde del municipio de La Calera, departamento de  Cundinamarca, manifestó su impedimento para “ejercer el trámite de control y  vigilancia de los protocolos de bioseguridad del comité promotor de la  revocatoria del mandato que cursa en este municipio”, invocando las causales de  impedimento previstas en los numerales 3, 4 y 7 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011.    

Que mediante Auto 810 de 12 de julio de 2021, proferido dentro  del proceso con radicación IUS-2021-281258, IUC-D-2021-1904660, el Procurador  Regional de Cundinamarca, aceptó el impedimento manifestado por el doctor  Carlos Cenén Escobar Rioja, alcalde municipal de La  Calera, Cundinamarca, para “ejercer el efectivo control y vigilancia de los  protocolos de bioseguridad de los comités promotores de la(s) revocatoria(s)  del mandato que cursen en el municipio”, encontrando configurada la causal de  impedimento prevista en el numeral 1° del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y,  consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad hoc.    

Que en virtud del concepto emitido por el Departamento  Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 del 23 de diciembre  de 2016, mediante el cual precisó que “(…) será de competencia del  Presidente de la República decidir si designa un empleado del orden nacional o  territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de  libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para  realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter  transitorio (…)”, mediante correo electrónico de 18 de agosto de 2021, el  doctor Fredy Orlando Ballesteros Velosa, director de  Administración del Talento Humano de la Gobernación de Cundinamarca, remitió,  bajo el aval del señor gobernador, la hoja de vida de la doctora Myriam  Antonieta Caldas Zarate, funcionaria vinculada al mismo ente territorial, para  ser designada como alcaldesa ad hoc del municipio de La Calera,  Cundinamarca.    

Que el artículo 209 de la Constitución Política  preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses  generales y se desarrolla, con fundamento, entre otros principios, en los de  moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de  Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo  3°.    

Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de  moralidad, transparencia e imparcialidad, se procederá a designar a la  alcaldesa ad hoc del municipio de La Calera, Cundinamarca.    

Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,  corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en  los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un  servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni  cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la  Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo de 2014,  a través del radicado número 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).    

Que, en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designación alcaldesa ad hoc de La Calera. Designar  como alcaldesa ad hoc del municipio de La Calera, Cundinamarca, a la doctora  Myriam Antonieta Caldas Zarate, identificada con la cédula de ciudadanía número  52.184.088, quien se desempeña en el cargo de asesor, código y grado 10506 de  la planta de personal del sector central de Administración Pública de la  gobernación de Cundinamarca, para ejercer el efectivo control y vigilancia de  los protocolos de bioseguridad de los comités promotores de la revocatoria del  mandato que cursa en contra del señor Carlos Cenén  Escobar Rioja, de conformidad con la parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Posesión. La alcaldesa ad hoc designada en este  acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los  términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.    

Artículo 3°. Comunicación. Comunicar, a través de la Oficina  Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto  a la alcaldesa ad hoc designada en este acto, al alcalde titular del municipio  de La Calera, a la gobernación de Cundinamarca, a la Procuraduría Regional de  Cundinamarca y a la Registraduría Regional del Estado Civil.    

Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de agosto de 2021.    

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ    

El Ministro del Interior,    

Daniel Andrés Palacios Martínez.    

               

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